![La Fiscalía se opone a la demanda que pide investigar al Gobierno por la gestión de la DANA](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2024/11/27/Danis.jpg)
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«Denunciar la inactividad del Gobierno de España en la asunción de la intervención que exigía la emergencia de carácter nacional». Es el espíritu del recurso contencioso administrativo presentado por el abogado valenciano Curro Nicolau en el que pedía al Tribunal Supremo que investigara la ... actuación, negligente desde su punto de vista, del Gobierno español en su respuesta ante la catástrofe de la DANA.
El documento, presentado ante el máximo tribunal español, solicitaba indagar la actuación del presidente del Gobierno, el ministro del interior, su colega de Medio Ambiente, así como la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), en este último caso al ser «un órgano administrativo al que le compete alertar sobre la situación hidrológica de los barrancos y ríos desbordados y que causaron la riada catastrófica provocada por la DANA en la provinciade Valencia, concretamente el río Magro y el Barranco el Poyo». Nicolau ya se convirtió en un azote del Ejecutivo al llevar al Supremo el estado de alarma decretado por la pandemia. El máximo tribunal no lo dictaminó ilegal, aunque sí lo hizo el Constitucional en una primera sentencia, aunque luego el propio órgano la matizó y justificó la medida.
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Un estado de alarma que es precisamente el que el letrado estima que se debió declarar por el Gobierno central para activar de inmediato el Ejército. El recurso presentado ahora por la DANA ha recibido sin embargo el primer varapalo. La Fiscalía ya ha manifestado al Supremo su posición, en la que sostiene que la demanda no debe ser admitida. «Ya adelanta este Ministerio Fiscal que, a su parecer, más que actos administrativos son decisiones políticas del Poder Ejecutivo», es el primer argumento que pone sobre la mesa la Fiscalía. Es decir, no es un acto de la administración que pueda analizarse por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, sin entrar ni siquiera en el fondo del asunto.
«Nuestro sistema normativo admite la existencia de actos de dirección política del Gobierno que son inmunes al control judicial de legalidad, determinadas decisiones gubernamentales que únicamente son susceptibles, bien del control político, que han de ejercer las Cortes Generales, bien del control de constitucionalidad, que ha de asumir el Tribunal Constitucional», añade la Fiscalía. Y viene a considerar la Fiscalía que, vistas las consecuencias de la DANA, el Gobierno podía o no haber tomado alguna decisión más, pero es algo que queda en el ámbito puramente político y no judicial.
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La Fiscalía también señala que el abogado valenciano no está legitimado a recurrir al no probarse que se haya visto afectado. «El actor se ha limitado en su recurso a hacer unas consideraciones generales sobre las gravísimas consecuencias sufridas por la DANA en numerosas localidades de Valencia, pero sin que haya llegado a concretar, siquiera, qué daños o perjuicios haya podido sufrir de modo particular, por lo que lo único que le sirve de sustento es el general interés de todo ciudadano por el buen funcionamiento de las Instituciones de nuestro Estado de Derecho y por la necesidad de la pronta y eficaz reparación económica de los daños y perjuicios sufridos por miles de personas, pero no permite reconocerle ese interés legítimo» para demandar, según el fiscal.
El letrado obviamente se ha opuesto a este escrito de Fiscalía, y ahora es el Tribunal Supremo el que tiene la última palabra. «No podemos olvidar que el recurrente tiene el derecho de protección de las administraciones públicas en caso de catástrofes. Existía una clara situación de emergencia que exigía la necesidad de actuación del Gobierno de España a través de las personas indicadas. Y es que la emergencia nacional está precisamente diseñada para supuestos como el acontecido, y el Presidente del Gobierno pudo perfectamente convocar el mismo 29 de octubre de 2024 un Consejo de Ministros extraordinario para declarar el estado de alarma, adoptando entre otras medidas, la intervención de las Fuerzas Armadas en las zonas más necesitadas», argumenta Curro Nicolau.
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