![Piscinas de verano en Valencia | La Generalitat detalla a los ayuntamientos la normativa aplicable a las piscinas recreativas este verano](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202005/23/media/cortadas/piscina-ktAF-U110281749948HPI-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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EUROPA PRESS
Sábado, 23 de mayo 2020, 16:54
La Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, a través de la Secretaria Autonómica de Seguridad y Emergencias, ha trasladado a los ayuntamientos una circular en la que se recuerdan los requisitos que deben cumplir los o las titulares, públicos y privados, de las piscinas recreativas en el caso que decidan abrir sus instalaciones.
La circular recuerda que tanto el Ministerio de Sanidad como la Federación Valenciana de Municipios y Provincias han trasladado ya a los ayuntamientos sendos documentos de recomendaciones y medidas que inciden en los requisitos de higiene, desinfección y control del agua, así como en la reducción del aforo y la clausura de los elementos prescindibles como fuentes o toboganes, ha indicado la Generalitat en un comunicado.
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Los requisitos necesarios establecidos por la circular insisten en el cumplimiento de un aforo máximo del 30%, de la obligación de establecer turnos de baño y de realizar desinfección entre ellos, así como realizar venta electrónica y especificar en la entrada el turno y hora correspondiente.
En las instalaciones pequeñas será el socorrista quien se encargue de la atención y control de bañistas, mientras que, en las grandes, el responsable de las instalaciones deberá prever personal de apoyo.
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La circular ha indicado que, en el caso de que en las propias instalaciones existan bares o cafeterías, a estas se les aplica la misma normativa que a los locales de hostelería y restauración en cuanto a aforo y distancia interpersonal.
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