Representantes del Gobierno y del Consell han participado este jueves en la primera sesión de la comisión bilateral de cooperación que debe servir para limar asperezas en relación a la Ley por la que se regula la libertad educativa, que desde el Ejecutivo central ... se ha cuestionado en tres aspectos. Destaca especialmente el que recoge los supuestos para conseguir la exención en la asignatura de Valenciano, que llevan vigentes cuatro décadas, desde que a mediados de los años ochenta empezara a desplegar efectos la Ley de Uso y Enseñanza del Valenciano sin que hayan sido puestos en duda por ninguna administración, independientemente de su color político. También había discrepancias en dos aspectos menores, que no irán a más.
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El meollo de la cuestión es que la nueva ley incluye en su articulado los supuestos que permiten a los alumnos evitar la evaluación de la materia, aunque deben asistir a clase y realizar las tareas que encomiende el docente. En realidad son prácticamente los mismos que han regido desde los años ochenta y en algún caso desde 1990. Hay una variación formal (en zonas castellanohablantes se añade la coletilla «sin limitación temporal» aunque desde siempre ha tenido vigencia sine die), una modificación de plazos (los residentes temporales en zonas valencianohablantes la podrán tener tres cursos y no dos como hasta el ejercicio pasado) y se recupera un supuesto: para alumnos de incorporación tardía al sistema, a los que el Botánico se la retiró mediante una orden de 2019 en Primaria y Secundaria, permitiéndose sólo Bachillerato. Se cambió la exención por una adaptación de acceso, facilitándoles medios extraordinarios para que aprendieran la lengua.
El director general de Ordenación Educativa, Ignacio Martínez, ha presidido la delegación valenciana, y a través de un comunicado ha confirmado que «son estas excepciones las que suponen una discrepancia», si bien ha señalado que el Gobierno de España no tiene en cuenta «las singularidades de las zonas castellanoparlantes, de las personas recién llegadas a la Comunitat o lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía». Este no sólo habla de la existencia de territorios de predominio lingüístico, sino que además se refiere a municipios «que puedan ser exceptuados de la enseñanza y del uso de la lengua propia de la Comunitat». Martínez también ha defendido que aunque el objetivo general de la nueva ley es que el alumnado sea componente en ambas lenguas, no se pueden obviar las posibles excepciones, ya recogidas en la Ley de Uso y Enseñanza o en sus desarrollos normativos posteriores.
El Gobierno considera que las casuísticas de exención, en general, contravienen la Ley Orgánica de Educación, actualmente la Lomloe, que dispone que al acabar la enseñanza básica los alumnos deben «alcanzar el dominio pleno y equivalente en la lengua castellana y en la cooficial». Es decir, que el hecho de no evaluar la asignatura es una barrera para que la aprendan. Entre los argumentos del Consell está que el Estatuto tiene un rango superior al de una ley orgánica al formar parte del bloque normativo constitucional.
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La comisión bilateral es el foro en el que se plantean dudas sobre el encaje entre leyes autonómicas y normativas estatales, y se convoca siempre como paso previo a un posible recurso de inconstitucionalidad, que en este caso competería al presidente del Gobierno. Es cierto que desde finales de 2020, cuando entró en vigor la Lomloe, no se ha aprobado ninguna ley que entre a regular supuestos de exención hasta la de libertad, dando la oportunidad al Gobierno de atacarla por esta vía. Pero no deja de ser llamativo que durante la anterior legislatura, existiendo sintonía entre las administraciones central y autonómica (del mismo color político), no se hubiera advertido a la valenciana de la necesidad de anular o modificar los supuestos de exención, prácticamente los mismos, teniendo en cuenta, según el argumentario estatal, que chocan con la Lomloe.
En cuanto a los aspectos técnicos, uno está relacionado con el anterior. La ley de libertad plantea que «personas» que por cuestiones de edad no hubieran dado la asignatura tengan la exención. La duda era de interpretación, en el sentido de que se pudiera beneficiar también el personal docente. La solución será sencilla: se rubricará un acuerdo para dejar claro que esta disposición se refiere a «discentes» y nunca al colectivo profesional. El fin era realmente ese, pues se pensó en estudiantes de enseñanzas de adultos o que optaran a conseguir el graduado por libre, por ejemplo.
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Respecto al último aspecto, permite a profesionales de otras comunidades instalarse en la valenciana durante cuatro años sin el requisito lingüístico a través de una comisión de servicios por causas sociales. El Gobierno planteaba que la justificación es muy amplia, a lo que Educación ha respondido que los supuestos ya están acotados en las convocatorias de estos procedimientos de movilidad: básicamente por razones de violencia de género, terrorismo, enfermedad o agresión.
La previsión es que ambas partes vuelvan a reunirse para redactar el acuerdo de interpretación. También se sabrá si el Gobierno acepta los argumentos en relación a la exención y si considera suficientemente justificada la concreción relacionada con las comisiones de servicio.
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