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Nacho Gallego / EFE

El Gobierno rechaza ahora modificar el modelo lingüístico de los colegios

El Ejecutivo cierra la comisión bilateral que inició al discrepar sobre el fomento de la reducción del castellano al mínimo legal de horas lectivas

Joaquín Batista

Valencia

Lunes, 28 de octubre 2019, 13:01

El Gobierno de Pedro Sánchez ya ha transmitido al Consell su visto bueno al modelo lingüístico que se aplica en las escuelas tras dar carpetazo a la comisión bilateral entre las administraciones central y autonómica, el foro que debía servir para introducir cambios en el articulado de la Ley de Plurilingüismo, la norma que lo ampara. Si bien era lo previsto tras la moción de censura que aupó al PSOE, la confirmación del cierre de este mecanismo implica que esta disposición -el salvavidas del Botánico tras el varapalo judicial al primer modelo- no tiene, a priori, frente judiciales abiertos. A la segunda va la vencida.

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A preguntas de LAS PROVINCIAS, desde la Conselleria de Educación señalaron que tras dar las explicaciones pertinentes «se analizó y se nos comunicó que estaba todo aclarado». Desde el Ministerio de Política Territorial no dieron información a este periódico sobre el cierre de la comisión, que fue anunciada a principios de mayo del año pasado, bajo el mandato del PP, y que supone el primer paso que da la Administración del Estado cuando ve visos de inconstitucionalidad en alguna ley autonómica. En la resolución oficial publicada en el Dogv y el BOE se podía leer que se iniciaban «negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación a los artículos 6 y 11» de la citada norma.

El modelo, en breve

  • 2017 La Conselleria de Educación publicó un decreto que vinculaba la presencia del valenciano con una mayor exposición al inglés. Fue suspendido cautelarmente tras varios recursos y finalmente derogado. Las sentencias finales del TSJCV, ya firmes, consideran que era discriminatorio.

  • 2018 El plan B fueron Les Corts, donde los partidos 'botánicos' impulsaron la ley actual que promueve la enseñanza en valenciano.

El primero hace referencia a los porcentajes de horas lectivas mínimos que se deben vehicular en cada una de las lenguas oficiales (el 25%), así como la horquilla permitida para hacerlo en inglés (en la mayoría de etapas entre el 15% y el 25%), derjando el resto a decisión del consejo escolar. El segundo, el que centraba la polémica, es el que señala que la administración autonómica «promoverá» que las escuelas apliquen un programa lingüístico donde el valenciano suponga el 50% del tiempo lectivo y el inglés otro 25%.

Aunque no se plasma de manera directa, se infiere que en el modelo que debía fomentar la conselleria el castellano se quedaba en el 25%, que es el mínimo legal al que obliga la jurisprudencia y que puede concretarse en la asignatura de Lengua y Literatura junto a otra materia más. Y teniendo en cuenta el destino que ha tenido la comisión, es un modelo válido para el Ejecutivo actual. En su momento, cuando se anunció la comisión bilateral, desde el ministerio que dirigía Méndez de Vigo se afirmó que las normas autonómicas «no pueden suponer un menoscabo a recibir una educación en la lengua oficial del Estado».

Con la decisión estatal la ley, muy contestada desde la oposición y desde buena parte de la comunidad educativa, evita el Constitucional, pues una falta de acuerdo habría derivado en un recurso. Cabe recordar que los responsables de la conselleria sí tuvieron que enfrentarse a una cuestión de inconstitucionalidad presentada por la sección cuarta de la sala de lo contencioso del TSJCV contra el decreto ley de 2017 que en la práctica daba continuidad al decreto de plurilingüismo, el primer modelo que había sido suspendido cautelarmente. Eso sí, fue inadmitida por una serie de defectos procesales. Básicamente se consideró que el tribunal valenciano no debía haber resuelto la causa principal que afectaba al citado decreto hasta que se pronunciara el Constitucional.

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En cualquier caso era un procedimiento formal, que no iba a entrar en el fondo del primer modelo aplicado entonces por el Consell. Lo que el TSJCV quería que se dirimiera era si la administración había recurrido al decreto ley para evitar un mandato judicial (la citada la suspensión cautelar). Además este decreto ley originó otra comisión bilateral que también ha sido cerrada.

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