![Hacienda anula una licitación para el transporte concertado de À Punt que dejaba fuera de concurso a los VTC](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2024/05/07/1470383252-R3vp5vA6CkJYPtLKed7Uc9J-1200x840@Las%20Provincias.jpg)
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Pablo Alcaraz
Valencia
Martes, 7 de mayo 2024, 19:21
El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales, organismo dependiente del Ministerio de Hacienda, ha anulado la resolución por la que se habían adjudicado los servicios de transporte concertado de la cadena de radiotelevisión pública valenciana À Punt a Radio Taxi dejando fuera de concurso a los ... VTC. El tribunal ha estimado el recurso presentado por la Asociación Profesional de la Movilidad de la Comunitat Valenciana (MOVEA CV), la patronal valenciana de los vehículos de transporte con conductor, en el que defendían que los vehículos de transporte con conductor sí pueden hacer desplazamientos urbanos en territorio valenciano y que, por ende, podrían presentarse a la subasta.
La Societat Anònima de Mitjans de Comunicació sacó a concurso un contrato por los servicios de transporte concertado de À Punt por un valor de 198.660 euros, siendo este adjudicado a Radio Taxi Metropolitano el pasado 8 de abril. Sin embargo, el TARC ha estimado que no se puede impedir que las compañías de VTC concurran al concurso de los servicios de transporte concertados de la radiotelevisión valenciana. Según fuentes de la SAMC, a raíz de este fallo, la empresa volverá a sacar a concurso la licitación a la que esta vez sí podrán optar los vehículos de transporte con conductor.
El presidente de MOVEA CV, Ricardo González, ha recordado que llevan dos resoluciones favorables en apenas dos semanas «que confirman que las VTC pueden realizar trayectos urbanos en la Comunitat con la regulación actual». En la misma línea prosigue González, que anima a la Generalitat a «coger las riendas y reafirmar la seguridad jurídica de un sector clave para la movilidad de ciudadanos, turistas y empresas, pues el sector da empleo a más de mil familias en la región». «La seguridad de las inversiones y el empleo debe reflejarse en una nueva regulación, y no quedar al criterio de jueces o tribunales que puedan realizar diferentes interpretaciones», sentencia el presidente de MOVEA CV.
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Según esta nueva resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, la regulación del Real Decreto-Ley vigente (13/2018) «no suprime ni elimina el servicio de transporte prestado por estas autorizaciones VTC en el ámbito urbano». De hecho, hace referencia al Abogado del Estado, con quien «comparte línea argumental», para llegar a la conclusión de que esta «regulación no priva de ningún derecho ni suprime ningún servicio o facultad propio de estas autorizaciones (VTC)».
Otra de las conclusiones de la resolución es que la Generalitat Valenciana, en su Decreto-Ley 4/2019, ya reguló «la prestación de servicio de transporte público discrecional de viajeros mediante VTC. Y la regulación contenida en esta norma en modo alguno establece la prohibición de que los VTC realicen servicios urbanos, sino que, por el contrario, de su tenor se desprende que estos vehículos pueden prestar estos servicios, en los términos que en la norma se establecen». De este mismo Decreto-Ley, explica que la redacción de un precepto, en el que se alude a la prestación de servicios de transporte urbano dentro del territorio de cada Entidad local por VTC, «desmiente totalmente la afirmación de que estos vehículos tengan prohibida la prestación de servicios urbanos en esa Comunidad Autónoma».
En el anterior fallo del TARC sobre la materia, el organismo dependiente de Hacienda dejó constancia de que «ninguna [norma] establece la prohibición de transporte urbano de viajeros por los VTC, permitiéndose en particular este tipo en el término de Valencia. En consecuencia, los VTC autorizados por la Comunitat Valenciana pueden realizar el transporte tanto urbano como interurbano en el ámbito de su comunidad». Cabe recordar que esta resolución no sienta jurisprudencia al haber sido dictada desde un tribunal administrativo y no una instancia judicial. Los taxistas valencianos anunciaron que iban a presentar un recurso sobre el pronunciamiento del TARC ante la Audiencia Nacional.
Por último, desde MOVEA CV han recordado que esta resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales va en línea con el informe que prepararon Gabriel Doménech, catedrático de Derecho Administrativo de la Universitat de València; y Andrés Boix , profesor titular de Derecho Administrativo de la UV en 2023 que avalaba la operativa actual de los VTC en la Comunitat Valenciana.
Tal y como se especifica al final de la resolución, esta «es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación».
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