Los impuestos y tasas que no tendrán que pagar los afectados por la DANA, desde el IBI al DNI

El Gobierno les exime del IRPF en los daños personales y elimina las tasas de Tráfico

Nacho Ortega

Valencia

Miércoles, 6 de noviembre 2024, 01:36

El plan de ayudas del Gobierno a los afectados de la DANA incluye varias medidas fiscales que se traducen en exenciones en el pago de algunos impuestos y tasas, según ha anunciado el presidente del Gobierno Pedro Sánchez.

Publicidad

Los afectados de 75 municipios de la Comunitat Valenciana no tendrán que pagar el IBI del año 2024 ni pagar algunas tasas para expedir documentos desaparecidos. Además, el Gobierno exime de tributar el IRPF los daños personales causados por la riada, pero Sánchez no ha hecho mención a que incluya también los daños materiales (muebles o inmuebles), por lo que habrá que esperar a la publicación del decreto en el BOE para leer la letra pequeña de la medida y para conocer el listado íntegro de ayudas y su alcance.

El listado de ayudas fiscales anunciadas por Sánchez es el siguiente:

• Se exime el pago del IBI correspondiente al ejercicio 2024.

• Se reduce el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente al ejercicio 2024.

• No se pagarán tasas de Tráfico ni en la Policía al tramitar la baja de vehículos dañados.

• No se pagarán tasas de Tráfico ni en la Policía al sustituir los carnets de conducir y los DNI.

• Las ayudas por daños personales quedan exentas de tributación en el IRPF.

• Se reducirá el IRPF y el IVA para explotaciones y actividades agrarias de la zona afectada.

Ayudas fiscales del Consell

El Pleno del Consell ha acordado también poner en marcha medidas urgentes para paliar los daños producidos por el temporal iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana, entre las que se encuentran deducciones fiscales, créditos del IVF sin intereses y ayudas sociales para las personas afectadas por la Dana.

Publicidad

En concreto, las medidas extraordinarias incluyen deducciones en el IRPF para las personas físicas afectadas, de un importe mínimo de 2.000 euros, y la habilitación de líneas de crédito a través del Institut Valencià de Finances (IVF) a tipo 0 para la rehabilitación o reconstrucción de la vivienda habitual.

Los ciudadanos y ayuntamientos que podrán acogerse a estas ayudas son los pertenecientes a Alaquàs, Albal, Albalat de la Ribera, Alborache, Alcàsser, l'Alcúdia, Aldaia, Alfafar, Alfarb, Algemesí, Alginet, Almussafes, Alzira, Benetússer, Benicull de Xúquer, Benifaió, Beniparrell, Bétera, Bugarra, Buñol, Calles, Camporrobles, Carlet, Catadau, Catarroja, Caudete de las Fuentes, Chera, Cheste, Chiva, Corbera, Cullera, Dos Aguas, Favara, Fortaleny, Fuenterrobles, Gestalgar, Godelleta, Guadassuar, Llaurí, Llíria, Llocnou de la Corona, Llombai, Loriguilla, Macastre, Manises, Massanassa, Mislata, Montroi, Montserrat, Paiporta, Paterna, Pedralba, Picanya, Picassent, Polinyà de Xúquer, Quart de Poblet, Real, Requena, Riba-roja de Túria, Riola, Sedaví, Siete Aguas, Silla, Sinarcas, Sollana, Sot de Chera, Sueca, Tavernes de la Valldigna, Torrent, Turís, Utiel, València, Vilamarxant, Xirivella y Yátova.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Empieza febrero de la mejor forma y suscríbete por menos de 5€

Publicidad