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DANIEL GUINDO
Martes, 2 de agosto 2022, 01:00
Más de 13.000 dependientes valencianos están en lista de espera para recibir las ayudas previstas en la normativa. Parte de ellos ya tienen reconocido el derecho y, lamentablemente, algunos fallecen sin que la Administración autonómica haya hecho efectivo la puesta en marcha de estas prestaciones. Pese a que la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas se comprometió, en estos casos, a abonar las ayudas a los familiares, lo cierto es que en buena parte de los casos los afectados no tienen más remedio que acudir a la vía judicial para reclamar unas indemnizaciones que, como señala Sandra Casas, abogada especializada en discapacidad y dependencia, llegan «tarde y mal».
En esta ocasión, y por un lado, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Valencia ha condenado al departamento ahora liderado por Aitana Mas a indemnizar con algo más de 19.700 euros, más intereses de demora, a la familia de un dependiente que tenía las ayudas pendientes desde 2018. Por otro, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Valencia ha fallado en la misma línea y la conselleria tendrá que abonar algo más de 6.300 euros a otra familia por prestaciones pendientes desde 2017. En ambos casos, los magistrados coinciden en que la situación se debe al anormal funcionamiento de la Administración autonómica.
Casas, abogada de los afectados en ambos casos, lamenta que estas ayudas ahora «llegan tarde porque es un dinero que no se necesita una vez ha muerto la persona a la que quieres y necesitas cuidar, ese dinero es para atenderla y no para que te lo concedan a título póstumo».
Además, añade que llegan «mal porque a los familiares no se les reconoce de oficio, sino que se les tiene en eterna espera durante años diciendo que se les va a tramitar ese expediente para pagarles y que se tarda mucho». Una de las cosas que más indigna a las familias cuando contactan con la conselleria para interesarse por el estado de la reclamación «es que les dicen que primero se atiende a las personas que están con vida y después a los que han fallecido. Y esto ya es el colmo. Cuando estaba con vida no lo has atendido y ahora dices que primero atiendes a los que están en vida, y a ese familiar no se le atendió». Los familiares, ante este silencio, se ven obligados a interponer un procedimiento judicial y «afortunadamente los tribunales reconocen la indemnización», indica.
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