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M. G.
Valencia
Viernes, 25 de abril 2025, 15:46
El juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja concede cinco días al sindicato Manos Limpias para que confirme que desea seguir ejerciendo la acción popular en el caso de la dana.
En concreto, en la providencia que se ha notificado este viernes por parte del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja, se acuerda entre otras cosas la admisión de la inhibición de unas diligencias previas del Juzgado de Instrucción 15 de Valencia incoadas a raíz de una denuncia de Manos Limpias, organización a la que se requiere ahora para que indique si mantiene su voluntad de personarse como acusación popular.
La juez Nuria Ruiz recuerda que dada cuenta de las diligencias previas del juzgado de Instrucción número 15 de Valencia, inhibidas a favor del juzgado 3 de Catarroja, «incoadas a raíz de la denuncia del Sindicato Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias contra AEMT, Emilio A.T. y Edemiro, se acepta la inhibición, y su unión a las presentes diligencias previas, dejándose sin efecto el auto de sobreseimiento de fecha de 9 de enero de 2025, que fue dictado por el Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia».
Y todo ello, añade su señoría, «atendiendo a las múltiples resoluciones dictadas en el presente procedimiento, en las que se estima la existencia de hechos constitutivos de infracción penal, consistentes en homicidios y lesiones imprudentes y a la continuación de la instrucción por este Juzgado, así como a las resoluciones dictadas sobre la imputación de los investigados».
Así, le da este plazo al Sindicato para que confirme su intención de si es su voluntad continuar con la petición del ejercicio de la acción popular, tal y como se solicitó ante el Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia, mediante escrito de fecha de 8 de enero de 2025.
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