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ISABEL DOMINGO
VALENCIA.
Jueves, 2 de mayo 2019, 00:57
El pasado octubre el Tribunal Supremo concedía un respiro a los padres españoles al ratificar la exención del IRPF para las prestaciones por maternidad percibidas por la Seguridad Social, certificando así una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 2017. Una decisión asumida por la Agencia Tributaria, que comenzó a devolver las retenciones indebidas de los años 2014 a 2017, y por la Seguridad Social, que ya no las aplica.
Sin embargo, hay centenares de progenitores que se han encontrado con la negativa de Hacienda porque ellos solicitaron la devolución antes de la sentencia del alto tribunal y ya se les denegó en su día. Han constituido, desde el País Vasco, una asociación nacional de afectadas por el IPRF de maternidad en la que ya hay inscritas más un centenar de mujeres aunque. Como apuntan desde la entidad, «hay más afectadas pero las personas desconocen en que situación están. Están a la espera de resolución y no saben cuál es el motivo».
En el caso de la Comunitat, también hay casos. Es la situación en que se encuentran Maricarmen Reig y Farah Rasie, dos valencianas que fueron pioneras a la hora de reclamar la devolución de las retenciones a Hacienda antes de la decisión del Supremo. Sin embargo, por entonces, la Agencia Tributaria mantenía el criterio de que esas cantidades tenían que tener retención de IRPF, así que la respuesta de la Administración estatal fue negativa. Esto implica que aquellas solicitudes desestimadas con resolución firme, como las de las afectadas, ya no pueden revisarse de nuevo porque la ley lo impide, como les indican ahora.
«Es una injusticia. Es nuestro derecho. Fuimos las pioneras en pedir las devoluciones del IRPF de maternidad y ahora nos encontramos desprotegidas», lamenta Farah, que tiene dos hijos: una niña nacida en 2014 por la que sí que puso reclamación; y un niño de 2016 por el que no tramitó nada ante Hacienda de forma previa, sólo una vez se dio luz verde a las devoluciones. En el caso de la prestación por el nacimiento de su hija, se puso en manos de una abogada en marzo de 2017 pero su petición fue desestimada en julio. En diciembre de 2018, con la sentencia firme del Supremo, volvió a reclamar «y sigo a la espera, aunque sé cuál va a ser la respuesta porque ya le he pasado a otras mujeres".
«No es justo; a unos sí y a otros no», critica Maricarmen. Ella remitió un escrito a Hacienda en 2015, que fue denegado un año después. Animada por el movimiento del Tribunal Supremo decidió tramitar a finales del año pasado el formulario de la Agencia Tributaria para las devoluciones. Le fue denegado. «Puse un recurso en Hacienda y siguió el mismo camino», relata Reig. Ahora ha acudido al TEAR (Tribunal Económico-Administrativo Regional) como paso previo antes de optar por acudir a la vía judicial. En su caso, la cuantía pendiente de ingresar rondaría los 2.000 euros.
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