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Una adolescente, en una imagen de archivo. LP
Los médicos llevan al TSJCV su exclusión del servicio para tratar a alumnos con problemas mentales graves

Los médicos llevan al TSJCV su exclusión del servicio para tratar a alumnos con problemas mentales graves

El Colegio de Alicante considera que la regulación de estas unidades especializadas permite la invasión de competencias por parte de otros profesionales

Joaquín Batista

Valencia

Miércoles, 11 de octubre 2023, 01:51

El Ilustre Colegio de Médicos de Alicante ha llevado ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) el decreto que regula el funcionamiento de las unidades educativas terapéuticas (UET), un recurso especializado en el que docentes y sanitarios trabajan de manera coordinada con alumnos que presentan graves trastornos de salud mental. El motivo es que la normativa, que creó el Botánico y se aprobó el pasado mes de julio, no incluye la participación de los médicos, lo que a juicio de la institución supone una invasión de competencias, en el sentido de que las funciones atribuidas por ley a los facultativos pueden ser asumidas por profesionales de otros ámbitos de la salud.

En la actualidad se han habilitado cuatro recursos de este tipo en otros tantos centros públicos de Valencia, Castellón, Elche y Alicante. Durante los últimos cursos han funcionado de manera experimental, y el objetivo de la nueva normativa es consolidarlos y unificar sus características -perfiles profesionales, sistemas de provisión de puestos y de admisión, por ejemplo- de cara a la creación futura de otras unidades.

A cada UET se asigna un máximo de 15 alumnos que cursen Secundaria y residan en un radio de 30 kilómetros del centro de referencia, aunque de manera excepcional se permiten adscripciones desde otras escuelas más alejadas o de estudiantes de 5º o 6º de Primaria.

La atención es temporal, y la idea es que mientras dure su tratamiento puedan continuar con sus estudios. La familia debe dar el visto bueno, y es requisito indispensable «presentar un trastorno mental grave que derive en necesidades educativas especiales» y que haya sido diagnosticado por un servicio sanitario especializado, como pueden ser las unidades de salud mental infantil y adolescente (Usmias). No se recogen casuísticas como situaciones de discapacidad intelectual grave o de adicciones, por poner algunos ejemplos.

El quid de la cuestión está en los perfiles profesionales que conforman los equipos de intervención, que tienen un marcado carácter educativo. Se habla de orientadores, especialistas de pedagogía terapéutica y de profesores habilitados para impartir los ámbitos sociolingüístico y científico-tecnológico, una metodología que consiste en agrupar contenidos de diferentes materias, convenientemente adaptadas en el caso de alumnos con necesidades especiales, como es el caso. También podrán contar con personal no docente de atención educativa, como pueden ser los educadores. Y alguno de los profesionales educativos debe ser el coordinador de la unidad.

En cuanto al personal sanitario, el decreto deja claro que las UET contarán con el apoyo de especialistas en salud mental en las condiciones que establezca la Conselleria de Sanidad y que existirá coordinación con las Usmias, si bien no llega a concretar mucho, más allá de señalar que los sanitarios implicados «deben permitir la coordinación con las personas profesionales del ámbito educativo, el asesoramiento sobre pautas de actuación en la unidad y el seguimiento de la intervención con el alumnado».

«Consideramos que se produce una invasión de competencias y no se respeta la figura del médico, que tiene una serie de funciones asignadas en base a la Ley general de ordenación de las profesiones sanitarias», explica Guillermo Llago, el abogado del colegio. Esta norma, en su redacción actual, establece que corresponde a los facultativos «la indicación y realización de las actividades dirigidas a la promoción y mantenimiento de la salud, la prevención de las enfermedades y al diagnóstico, tratamiento, terapéutica y rehabilitación de los pacientes, así como al enjuiciamiento y pronóstico de los procesos objeto de atención». Como señala Llago, con la redacción actual del decreto «se abre la puerta a que otros profesionales sanitarios asuman funciones que son propias del médico al quedar tan abierto y sin la necesaria concreción, que es lo que solicitamos», señala.

La normativa autonómica también se refiere a la participación en las unidades de apoyos externos cuyas atribuciones y perfiles, a diferencia del personal sanitario, también están convenientemente concretadas, como orientadores educativos de otros servicios especializados, trabajadores sociales o terapeutas ocupacionales.

Además, recoge el derecho de los alumnos usuarios a beneficiarse de las ayudas complementarias de la Conselleria de Educación, como una beca de comedor escolar o una subvención por transporte en caso de no poder formar parte de las rutas de autobús asignadas a los centros de referencia. En cuanto al trabajo de la unidad, se tiene que realizar dentro del horario lectivo.

El Colegio de Médicos de Alicante también ha presentado un recurso de lo contencioso administrativo contra el convenio de colaboración suscrito entre las consellerias de Sanidad, Educación y la Federación Valenciana de Municipios y Provincias que da forma al programa En Moviment. Su objetivo es fomentar la actividad física y deportiva a través de los servicios de atención primaria, que se materializa mediante los departamentos deportivos de los ayuntamientos. Como explica Llago, el motivo es el mismo: no se indica expresamente la participación del personal médico en la prescripción del ejercicio físico.

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