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Miércoles, 19 de agosto 2020
La Generalitat inició el 18 de agosto y mantendrá durante 21 días en toda la Comunitat Valenciana las nuevas medidas decretadas para frenar los contagios de la Covid-19 y así la expansión de la pandemia, según recoge la resolución de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública aprobada este lunes y que fue publicada el martes en el Diari Oficial de la Generalitat valenciana para formalizar su entrada en vigor desde esta jornada.
El objetivo es «mantener un control suficiente de la transmisión» de la enfermedad que evite «imponer restricciones de gran impacto sobrela movilidad de las personas, con el consiguiente efecto negativo en la sociedad y en la economía».
🗓️ Hoy entran en vigor las medidas coordinadas con @sanidadgob para frenar la COVID. Se aplicarán 21 días y afectan a:
GVA Sanitat (@GVAsanitat) August 18, 2020
➡️ Ocio nocturno
➡️ Hostelería y restauración
➡️ Eventos masivos
➡️ Residencias
➡️ Consumo de tabaco
➡️ Cribados
Toda la info 🔗 https://t.co/hrvPVyv6gY pic.twitter.com/Lb0wAwXXtV
Cualquier actividad permitida deberá desarrollarse en condiciones de seguridad, medidas de prevención e higiene, autoprotección y distanciamiento social de seguridad, de 1,5 metros.
USO DE MASCARILLA OBLIGATORIO para mayores de seis años en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público.
Con excepción de:
-Playas, piscinas, espacios de naturaleza o deporte.
-Locales de hostelería y restauración mientras se consume.
-Personas con problemas respiratorios.
NO SE PODRÁ FUMAR en la vía pública o en espacio al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima de al menos dos metros. Incluye tabaco, pipas y cachimbas.
-Se permiten velatorios con límite máximo de 25 personas en espacios cerrados y 50 si es al aire libre.
-Se permite asistencia a lugares de culto si no se rebasa el 75% del aforo.
-Recomendable que los encuentros sociales se limiten a 10 personas.
-
-Reducción del aforo al 75%. Mercados al aire libre en vía pública limitarán su afluencia al 75% y deben garantizar la distancia social.
-Parques y centros comerciales deben mantener un aforo máximo del 75%.
-No pueden superar el 75% del aforo, con un máximo de 10 personas por mesas y distancia entre las mismas de 1,5 metros como mínimo.
-Permitido el consumo en la barra si se garantiza la distancia de seguridad.
-CIERRE de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas.
-Se debe procurar el pago con tarjeta.
-Ocupación máxima en los aseos será de una persona para espacios de hasta 4 metros cuadrados.
-Se permite ir a las playas en grupos máximos de 15 personas excepto comnvivientes.
-Distribución espacial para garantizar la distancia de seguridad de al menos metro y medio entre los usuarios.
-Todos los objetos personales deben permanecer dentro del perímetro de seguridad establecido.
-Permitidas las actividades deportivas, profesionales o de recreo siempre que se desarrollen de forma individual y sin contacto físico.
-Se puede usar las duchas, aseos y vestuarios limitando la ocupación a una persona.
-Bibliotecas y archivos (75% del aforo).
-Museos, salas de exposiciones, visitas y actividades culturales al 75% y con grupos máximos de 30 personas.
-Cines, teatros, auditorios, circos hasta un 75% del aforo.
-Las empresas pueden realizar turismo activo y de naturaleza con grupos de hasta 30 personas.
-Los guías turísticos trabajarán con cita previa.
-Los hoteles y alojamientos turísticos ya pueden disponer de hasta un 75% de su capacidad en las zonas comunes.
-Permitidos los acontecimientos y espectáculos deportivos pero no se podrá superar el 75% del aforo, podrán desarrollarse con presencia de pública. Pueden participar un máximo de 300 personas.
-Permitidos los campus deportivos, escuelas deportivas y clínics.
-Las piscinas recreativas no pueden superar el 75% del aforo.
ACTIVIDADES REGULADAS EN LA NUEVA NORMALIDAD
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