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El pasaporte covid ya no es necesario para entrar a un pub o discoteca. IVÁN ARLANDIS
Mascarilla y pasaporte covid en locales nocturnos | Las nuevas medidas en los pubs y discotecas de la Comunitat: lo que se puede y no se puede hacer

Las nuevas medidas en los pubs y discotecas de la Comunitat: lo que se puede y no se puede hacer

El fin de la mayoría de restricciones también afectan a los locales de ocio nocturno de Valencia, Alicante y Castellón

REDACCIÓN

VALENCIA

Lunes, 21 de febrero 2022, 18:02

El anuncio del fin de la mayoría de las restricciones en la Comunitat Valenciana a partir del 22 de febrero de 2022 no solo afecta a la hostelería y restauración, sino también a los locales de ocio nocturno, como pubs y discotecas.

En los establecimientos no se solicitará el pasaporte covid, pero se especifican una serie de normas que hay que cumplir:

– El uso de mascarilla en el interior del local será necesario cuando no se esté consumiendo.

– El consumo será sentado en mesa, si bien se permite el uso de la barra para el consumo siempre que sea manteniendo la distancia interpersonal de seguridad.

– El baile se realizará con uso obligatorio de mascarilla, sin posibilidad de consumo de alimentos y bebida durante el mismo.

– Se permiten las actuaciones esporádicas o amateur de canto, estando también permitidas las actuaciones profesionales de grupos musicales y disc jockey, asegurando ventilación suficiente, y una distancia de seguridad de al menos 2 metros entre músicos y público en el caso de cantantes e instrumentos de viento, así como karaokes con uso obligatorio de mascarilla.

– Se respetarán las medidas generales y adicionales de higiene.

En estos establecimientos no está permitido:

– Fumar, ni en interiores ni en terrazas.

– El uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo en espacios al aire libre o cerrados.

Medidas en festivales de música y conciertos

En la realización de cualquier evento, celebración popular, desfile, espectáculo o cualquier otro acto similar no incluido en otro punto de esta resolución, se deberán observar las siguientes reglas:

1. Es recomendable el uso de la mascarilla en cualquier espacio al aire libre en el que se produzca una aglomeración de personas.

2. El uso de la mascarilla será obligatorio en los eventos multitudinarios que tienen lugar en espacios al aire libre, cuando los asistentes estén de pie. Si están sentados, será obligatorio cuando no se pueda mantener una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros entre personas, salvo grupos de convivientes.

3. En estos eventos multitudinarios, el consumo de comida y bebida cuando los asistentes estén de pie se realizará exclusivamente en la zona de restauración que se habilite, que habrá de estar separada de la zona del acontecimiento y cumplir con las medidas propias de los establecimientos de hostelería y restauración.

Cuando los asistentes estén sentados dicho consumo de comida y bebida se podrá realizar en el propio sitio cuando se pueda mantener una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros entre personas, salvo grupos de convivientes.

4. El baile se realizará con uso obligatorio de mascarilla, sin posibilidad de consumo de alimentos y bebida durante el mismo.

5. Se deberán tomar medidas para reducir la posibilidad de que se produzcan aglomeraciones en los alrededores del lugar donde se desarrolle la actividad.

6. Se priorizará la venta on-line de entradas.

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