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La admisión de alumnos para el curso que viene arrancará previsiblemente entre abril y mayo y traerá varias novedades en relación a los años anteriores. Y es que una de las primeras medidas impulsadas por el nuevo equipo de la Conselleria de Educación fue ... la revisión del modelo de escolarización que implantó el Botánico para recuperar el distrito único, con la aspiración de facilitar la elección de colegio por parte de las familias. La medida, combinada con la tendencia demográfica actual, con una clara crisis de natalidad, provocará que sea un poco más fácil conseguir plaza en los centros preferidos por las familias. La posibilidad de plasmar más escuelas en la solicitud, los cambios en los puntos que se suman en caso de que se active la baremación -cuando hay más demanda que plazas libres ofertadas- o la creación de una repesca para estudiantes que no consigan un puesto en la fase ordinaria son otras de las novedades del proceso.
La admisión de alumnos es especialmente importante para las familias cuyos hijos entran en 1º del segundo ciclo de Infantil, que es el nivel de acceso habitual al colegio (con dos o tres años). En esta ocasión les llegará el turno a los nacidos en 2021, que según los datos del INE fueron 35.677 en la Comunitat Valenciana. Es la cifra más baja desde que en 2009 comenzó el invierno demográfico, que se aprecia mejor echando la vista atrás. Un año antes, en 2008, los alumbramientos llegaron a 57.083, lo que supone una caída del 37,5%.
Aunque el número de aspirantes seguramente será mayor -el dato previo no incluye los saldos migratorios- sirve para hacerse una idea de la situación. Y que haya menos demanda para una oferta similar -las vacantes de acceso al colegio apenas han cambiado respecto al curso actual- implica que será un poco más sencillo que un hijo sea admitido en los centros preferentes de sus padres. Para el curso actual el porcentaje de los que lo consiguieron (en su primera o segunda opción) fue del 97,4%. Por comparar, en el ejercicio 2016-2017 se situó en el 93%.
Adiós a las áreas de influencia
El otro factor de la ecuación es la implantación del distrito único, que en la práctica anula el criterio de proximidad entre la vivienda y el colegio solicitado a la hora de sumar puntos en la baremación de solicitudes. En los últimos años sólo conseguían el máximo (diez) aquellos aspirantes que residían en la misma área de influencia del centro, lo que se puede traducir como en las proximidades. También se daban por vivir en las zonas limítrofes (colindantes con la anterior), aunque esta condición otorgaba la mitad, lo que suponía una desventaja importante.
Con el distrito único, en esta cuestión, se igualarán todas las solicitudes de admisión, en el sentido de que tener la vivienda en la misma localidad implicará contar con el máximo de puntos posibles, aunque la escuela se ubique en el otro extremo del término municipal. Esto abre, y mucho, las opciones de elección, siempre que la familia no tenga inconveniente en aspirar a centros alejados. Sirve el ejemplo de Valencia capital. Hasta ahora se podía optar con garantías a 14 colegios como máximo, tomando como referencia las tres áreas de influencia más grandes. Con la zona única se obtendrán todos los puntos en los 177 colegios públicos y concertados que ofertan plazas en 1º de Infantil.
Lo mismo se aplicará en cualquier municipio de la Comunitat, salvo contadas excepciones que fije la conselleria -por ejemplo si por cuestiones de orografía es más eficaz crear áreas de influencia-, de manera que si hay baremación la ordenación de las solicitudes dependerá del resto de criterios que otorgan puntos. Especialmente de la renta -que se mantiene igual, entre 2 y 4 - aunque el nuevo modelo también trae alguna novedad.
A decisión de los centros
El equipo de José Antonio Rovira recupera la posibilidad de que los centros den un punto en base a un criterio de libre designación que puede determinar el consejo escolar (en los públicos) o la titularidad (en los concertados). Debe publicarse antes de la presentación de solicitudes y puede coincidir con los que ya fija la normativa: proximidad de la vivienda (10), hermanos matriculados en el colegio (15), padres trabajadores en el mismo (7), renta (entre 2 y 4, este último por tener la Renta Valenciana de Inclusión), familia numerosa o monoparental (entre 3 y 5), discapacidad (entre 3 y 7), simultaneidad con estudios de música o danza (2) o deportista de elite (2).
En caso de optar por un criterio diferente, no puede ser objeto de discriminación. Antes de la llegada del Botánico ya existía esta posibilidad, y la mayoría de escuelas lo daban por situar el centro como primera opción en la solicitud de admisión, por la condición de antiguo alumno de un familiar, por optar a un programa lingüístico determinado (opción inviable en esta admisión) o por haberlo llevado a una escuela infantil conveniada con el colegio (o un aula de dos años, cada vez más presentes en centros concertados).
Pérdida de peso
Hasta este curso el domicilio laboral se ha podido utilizar como alternativa a la residencia habitual para sumar el máximo de puntos por proximidad (10), una manera de facilitar la admisión a familias que buscaran una escuela cercana a su puesto de trabajo en la misma localidad (con el sistema de áreas de influencia) o en un municipio distinto.
Con la nueva normativa esta circunstancia se diluye, pues sólo se podrán obtener 7 puntos. Con la implantación del distrito único ya no tiene importancia si el colegio se ubica en el mismo término, pero sí afectará a las familias que aspiren a los situados en su localidad laboral y esta sea distinta. Dicho de otro modo, los residentes les aventajarán en este criterio al sumar 10 puntos.
La solicitud
Las solicitudes de admisión, que se presentarán de manera telemática, permitirán seleccionar hasta veinte centros y no diez, como hasta ahora, aunque no será la tónica general. Se persigue abrir al máximo el abanico de opciones. Por ejemplo, optando a todos los centros del municipio (pocos superan la veintena) o, en las grandes ciudades, eligiendo en función de la titularidad o el ideario.
Esta ampliación hay que ponerla en relación con la baremación por concurrencia, que implica que todas las peticiones se valorarán igual, sin que penalice el orden de preferencia, como sucedía antes de 2016. Así, si una familia selecciona un centro como primera opción y suma 10 puntos y otra lo ubica en el puesto 20 pero consigue doce la plaza sería para esta segunda, siempre que no haya conseguido entrar en los 19 centros previos. Anteriormente se resolvían todas las peticiones de primera opción, y si quedaban plazas libres se seguía con las segundas y sucesivas, aunque tuvieran más puntuación. Con este modelo la vacante sería para la primera familia.
Tres fases
El proceso se organizará en tres fases. Tras la ordinaria llegará una extraordinaria para los alumnos que no consigan plaza en la anterior (por ejemplo por haber marcado pocos colegios en su solicitud) y para los que hayan duplicado su petición de admisión (reservar en el centro adscrito cuando se pasa a la ESO y a la vez presentar instancia en otra escuela). Se podrán elegir hasta seis colegios que aún tengan vacantes. La tercera estará abierta todo el curso para atender la demanda de alumnos llegados tras cerrarse la admisión ordinaria. También quedará a disposición de los que se hubieran quedado sin plaza en la extraordinaria.
Sin fechas oficiales
El cambio en el modelo se deriva de dos nuevas normativas, un decreto y una orden, que sustituyen a las que han servido para organizar la admisión en los últimos años. Se trata de un proceso administrativo farragoso que está teniendo consecuencias, como que a día de hoy no se conozcan los plazos a cumplir en las diferentes fases ni se hayan solventado actuaciones previas. Es el caso del sorteo que determina las letras de los apellidos que, si hay empate entre solicitudes, permiten determinar qué alumnos consiguen entrar. En ejercicios anteriores toda esta información ya era conocida a estas alturas del año.
De hecho, ni el decreto ni la orden se han publicado todavía en el Diari Oficial, por lo que de momento no surten efectos. La previsión es que lleguen próximamente, así como la resolución que fija el calendario a seguir: los días en que las familias pueden presentar las solicitudes de admisión (en años anteriores llega entre abril y mayo), para la publicación de las listas de admitidos, el plazo de presentación de reclamaciones y también el de formalización de la matrícula, una vez admitido el alumno. Esta resolución recoge además el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), cuya cuantía se utiliza para valorar los puntos de renta, aunque apenas hay variación de un ejercicio a otro.
La conselleria también tiene que determinar, antes del inicio de la admisión, las localidades que siguen manteniendo las áreas de influencia, que son 51 actualmente aunque a partir del nuevo ejercicio serán casos excepcionales. Y antes de ello hay que convocar a los consejos escolares municipales, que pueden elevar propuestas aunque la decisión última será de las direcciones territoriales de Educación. La administración también tiene que configurar las comisiones de escolarización y determinar las vacantes de cada etapa a disposición de las familias.
Por otro lado, será la última admisión en la que no se preguntará por la preferencia lingüística, una información básica para determinar, a partir de 2025, la lengua base de las diferentes clases.
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