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Las multas por superar el aforo permitido: hasta 60.000 euros en Valencia, Alicante y Castellón

Los locales y comercios que superen el aforo permitido se enfrentan a multas de hasta 60.000 euros

El Consell prevé el cierre de locales nocturnos y de ocio si se incumplen las medidas de seguridad frente al coronavirus

LP.ES

VALENCIA

Viernes, 24 de julio 2020, 18:05

Los locales de ocio y restauración y comercios que no respeten los límites de aforo podrán ser multados con entre 30.001 y 60.000 euros, así como si no cumplen con las medidas de prevención e higiene por parte de los establecimientos abiertos al público cuando suponga un grave riesgo que afecte a más de 150 personas.

El decreto ley que ha elaborado la Generalitat Valenciana para regular el régimen sancionador para los incumplimientos que se puedan llevar a cabo, por parte de personas o negocios, con respecto al Covid-19. También es considerado infracción muy grave, con las mismas multas, el hecho de sobrepasar el aforo del establecimiento si en él se hallan presentes menores de edad y/o mayores de 65 años.

Para las sanciones muy graves, el decreto ley también prevé la suspensión o prohibición de la actividad, la clausura del local y la inhabilitación para la organización y promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un periodo máximo de tres años y de forma acumulada hasta un máximo de 10.

Otras infracciones muy graves son:

- Organizar reuniones o fiestas, de carácter privado o público, que impliquen una aglomeración que impida la adopción de las medidas sanitarias o se hallen presentes menores de edad y/o mayores de 65 años.

- Impedir la inspección por parte de los agentes de la autoridad o funcionarios, así como la negativa a colaborar con ellos.

- Incumplir la obligación de inhabilitar la pista de baile para este uso.

- Vulnerar de forma reiterada el deber de aislamiento domiciliario por parte de personas que hayan dado positivo en COVID-19.

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