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Un valenciano consigue librarse de una multa de 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos por un detalle de protocolo

El Ayuntamiento de Novelda le había impuesto 1.000 euros de sanción

efe

Alicante

Lunes, 15 de abril 2019, 14:20

Un juzgado de Alicante ha anulado una multa de 1.000 euros impuesta por el ayuntamiento de Novelda a un conductor que dio positivo en drogas porque el análisis de saliva lo hizo un laboratorio privado.

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Según ha informado hoy el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante ha estimado el recurso del conductor y ha anulado la sanción por la «absoluta falta de garantías procesales« en la cadena de custodia que supone externalizar el servicio de análisis de estas muestras biológicas.

Según recoge la resolución firmada por el magistrado José María Magan, la potestad sancionadora correspondiente a la Administración es «indelegable» y «mucho menos a favor de un tercero o de un particular privado».

En este sentido, el magistrado ha argumentado que la cadena de custodia se rompe «en el momento en que la muestra sale del ámbito público».

Por tanto, el análisis en un laboratorio privado de las muestras tomadas al conductor «carece absolutamente de la presunción de legalidad y certeza que tendría si se hubiera hecho por un laboratorio oficial dependiente de la Administración Pública», por lo que ha de anularse todo el expediente sancionador.

El conductor fue multado el 12 de abril de 2017 con 1.000 euros y la retirada de seis puntos del carné de conducir después de someterse a un control policial en el que se detectó la presencia de drogas en su organismo.

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El sancionado recurrió la multa en la vía administrativa en agosto de 2017, pero ese recurso fue desestimado por el Ayuntamiento de Novelda en noviembre del mismo año.

Con posterioridad, el conductor presentó una demanda contra la actuación municipal que ahora ha resuelto a su favor el magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante.

El magistrado impone las costas al ayuntamiento noveldense en un fallo definitivo y firme, y contra el cual solo cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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