«Las capacidades cognitivas de María Teresa eran prácticamente nulas. Se hallaba en estado de respuestas mínimas. Sufría alteraciones en el nivel de conciencia, coma y estado vegetativo. Lo más que podía hacer era abrir un poquito los ojos. Un paciente en ese estado tiene ... una mínima conexión al medio. No tenía capacidad para otorgar testamento o resolver un problema de matemáticas de un niño de 6 años». El demoledor dictamen salió de la boca del jefe de Neurología del Hospital Aguas Vivas de Tavernes de la Valldigna. Lo dijo en el juicio seguido en la Audiencia de Valencia contra una notaria de Carcaixent, María José F. V., sentada en el banquillo por una acusación nada baladí: dar fe pública del testamento de la anciana octogenaria con un patrimonio de más de 12 millones de euros. Y la Audiencia ha dictaminado ahora que la notaria cometió un delito.
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«La encausada, con una absoluta falta de diligencia en el ejercicio de su cargo, incumplió gravemente su obligación profesional de cerciorarse de la capacidad de María Teresa para otorgar testamento. No adoptó las mínimas cautelas, consistentes en la consulta con los profesionales sanitarios y la ejecución de mecanismos adecuados de comprobación», según el fallo. O lo que es lo mismo, traduciendo el técnico párrafo de la Audiencia: que la anciana no sabía lo que hacía al firmar el testamento y la notaria dijo que sí era consciente.
La sentencia, que no es firme y contra la que cabe recurso, abre un debate sobre la función de estos fedatarios y su posibilidad y dificultad de comprobar la capacidad de las personas de legar o no, ya que la notaria aseguró durante todo el proceso que sí lo hizo. Y nada saca de beneficio en este asunto, sólo los 50 euros que según la resolución cobró por el testamento. Y una condena por falsedad de documento público que le acarrea cinco meses de suspensión para llevar a cabo su trabajo, una multa de 2.200 euros, y lo que es más relevante, la devolución de los más de 12 millones legados ilegalmente a varios beneficiarios, entre ellos a la madrileña Fundación Gozalbo-Marqués, de la que fue presidenta la anciana fallecida y a la que llegaron más de seis millones de euros.
El tribunal no ha creído los argumentos de la acusada en un caso iniciado tras la denuncia interpuesta por los hechos por el propio hospital en el que estaba ingresada la anciana, fallecida en 2013, así como por los sobrinos de la mujer, representados por el abogado Pedro Picazo.
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«Me llamó su cuñado para que fuera para que firmara el testamento. Yo pongo lo que me pone el testador. No tengo ningún interés de por medio», aseguró en la vista la encausada. Ante el tribunal indicó que María Teresa «no hablaba, pero movía los ojos y la mano, la apretaba. Movía la cabeza. Así podía atender y responder a las preguntas. Yo le leía y María Teresa asentía. No tuve ninguna duda de su capacidad». Pero la Audiencia estima que estos métodos no son suficientes para corroborar que la anciana estaba en sus cabales para hacer testamento.
Tampoco se creen los magistrados la explicación de la notaria de que la anciana, cuando aún gozaba de salud, había acudido a sus despacho para redactar el borrador del testamento que luego firmó en el hospital. Dice el tribunal que, con la mujer fallecida, sólo resta aquí el testimonio de la funcionaria pública, y la sentencia no lo ve fundamentado. La acusación se dirigía inicialmente también contra dos testigos que la acompañaron al centro sanitario y estamparon también su consentimiento sobre lo ocurrido, aunque sobre ellos finalmente se archivó la acción penal.
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La sentencia presta más credibilidad y fiabilidad a los médicos que atendían a la mujer. Una vez más, demoledor el jefe de Neurología: «Se trataba de una señora con un deterioro cognitivo gravísimo, en medida suficiente para no poder firmar una serie de documentos. Al parecer había firmado documentos que no podía haber firmado».
El castigo podía haber sido mayor para la notaria porque la Fiscalía y la Abogacía de la Generalitat pedían inicialmente una pena de hasta cinco años de prisión para la acusada. De manera alternativa el ministerio público introdujo la posibilidad de sentenciarla con una multa por una «imprudencia grave», supuesto asl que finalmente se ha acogido el tribunal.
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La sentencia responsabiliza de la devolución de los bienes legados a la notaria así como a su aseguradora, al igual que a la fundación y al resto de beneficiarios de su testamento.
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