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Así será la nueva reforma educativa

Así será la nueva reforma educativa

Libertad absoluta para que las autonomías decidan el peso de la lengua cooficial, limitación de los conciertos, cambios en Religión, evaluaciones de diagnóstico para todos los alumnos y posibilidad de crear Bachilleratos de tres años

Joaquín Batista

Valencia

Viernes, 9 de noviembre 2018, 14:35

El Gobierno ya ha remitido a los agentes educativos sus propuestas para modificar la legislación educativa actual, una batería de medidas que afectan a todas las leyes actualmente en vigor (desde la Lode hasta la Lomce) y que suponen, en la práctica, la octava reforma educativa de la democracia.

El borrador recoge la eliminación del criterio de la demanda social en la planificación escolar y de los itinerarios de la ESO, el nuevo tratamiento de la asignatura de Religión (sin materia espejo) o la obligatoriedad de Ética y Valores Éticos en Primaria y Secundaria.

Se trata de aspectos que se han ido desgranando en los últimos meses, aunque también se incluyen algunas novedades. Se contemplan refuerzos individualizados para el alumnado repetidor de manera excepcional, y también la posibilidad, para casos concretos, de ampliar el Bachillerato a tres cursos. Además se fijan evaluaciones censales de diagnóstico en Primaria y la ESO, que se suman a las muestrales de final de etapa que sustituyen a las reválidas, ahora paralizadas y que con la nueva ley quedan enterradas.

En cuanto a los contenidos de las asignaturas, tal y como sucedía con la LOE, las comunidades tendrán una mayor capacidad decisión, deshaciendo la centralización que propició la Lomce. Y en el ámbito lingüístico, se cumplirá la sentencia del Constitucional que anulaba el mecanismo que obligaba a las autonomías a asumir el coste de la enseñanza de alumnos que no tuvieran opción de elegir educación en castellano. Eso sí, no se concreta ninguna herramienta parecida que lo sustituya. El fallo, cabe recordar, anuló el procedimiento elegido por el Gobierno del PP, sin entrar a valorar el fondo de la medida.

Por otro lado, se deja en manos de las comunidades cualquier decisión sobre el tratamiento de las lenguas cooficiales, como la exención. La propuesta es extremadamente ambigua, y se puede entender como que se cumple la transferencia de competencias o, yendo al extremo opuesto, como que existe vía libre para potenciar la lengua autonómica de manera desproporcionada respecto al castellano. En este último caso, sin embargo, existe jurisprudencia suficiente (y concreción en la Constitución) como para dudar de las opciones legales de esta vía.

Los principales cambios

Sobre la demanda social. Desaparece la obligación de la Lomce de tener en cuenta este criterio, entendido como la preferencia de las familias, destinatarias de la educación, en la planificación de la oferta de plazas. Exactamente se propone «recuperar una formulación no restrictiva del papel de los poderes públicos en la programación general de la enseñanza y eliminar las referencias a una demanda social que, en todo caso, debe ser conocida en el marco de dicha programación».

El sector concertado considera que implicará restarle peso. Por ejemplo, que las administraciones autonómicas ya no tendrán que valorar si la enseñanza concertada de una localidad suma más demanda que la pública a la hora de decidir sobre la apertura de una línea educativa. También cierra la puerta a la cesión de suelo público a entidades privadas para que construyan nuevos colegios con la promesa del concierto, una opción explotada en Madrid y fallida en la Comunitat. Otra posible consecuencia es que se pierda cierto sustento jurídico en cuanto al mantenimiento de unidades concertadas si la comunidad autónoma decide cerrar un aula con la suficiente demanda. Aunque este supuesto no cabría en la enseñanza básica (sería ilegal en base al reglamento de conciertos vigente desde 1985) sí se puede dar en etapas no obligatorias. En la Comunitat, la práctica totalidad de conciertos suprimidos por Educación en aulas de Bachillerato han sido anulados por los tribunales. Y en los fallos se hace referencia a la doctrina del Supremo, que recoge la idea de la demanda social.

Educación diferenciada. La redacción de la ley ya no incluirá la coletilla de que no se considera discriminación por género, y «se reforzará la prioridad en el régimen de conciertos para los centros que se organicen bajo el principio de la coeducación».

Ámbito lingüístico. Se suprimirá (de la ley nacional) «la regulación del uso de la lengua cooficial y de la escolarización asociada a ella, dejando que su regulación corresponda a las comunidades autónomas. Esta supresión afecta, entre otros aspectos, a la regulación de la exención de cursar o ser evaluado en la lengua cooficial». Es un apartado de difícil interpretación por su ambigüedad, más allá de que las comunidades tendrán cualquier decisión sobre la misma, en el caso de la Comunitat, sobre la enseñanza del valenciano. Se podría optar por un cambio drástico en cuanto a la exención de la materia (hasta ahora blindada en la ley estatal) o por un nuevo modelo plurilingüe con una mayor discriminación positiva hacia el valenciano, algo difícil teniendo en cuenta las reiteradas bendiciones de los partidos del Botánico a su reciente ley. Mirando la Lomce, se entiende que desaparecerá la idea de que las administraciones deberán velar por una «presencia razonable» del castellano y de la lengua oficial.

Para añadir más incertidumbre, se anuncia una regulación «acorde con la sentencia del Constitucional en la que se pronuncia sobre el sistema educativo y el modelo territorial». El fallo anuló el mecanismo que obligaba a pagar desde las comunidades la matrícula de los alumnos que no pudieran acceder a enseñanzas mayoritariamente en castellano. Sin embargo la sentencia incluye ideas como la siguiente: «Hemos de reiterar una vez más que corresponde al Estado velar por el respeto de los derechos lingüísticos en el sistema educativo, pero también que tal función ha de desplegarse sin desbordar las competencias que constitucionalmente le están reservadas y sin soslayar los límites y exigencias que ha fijado la jurisprudencia constitucional». Es decir, obliga a velar por el derecho de todos los españoles a utilizar la lengua oficial que consideren, lo que incluye el castellano.

Religión y Valores Éticos. Los alumnos ya no tendrán que elegir entre ambas asignaturas. La nota de la primera no contará en el expediente, ni para acceder a becas ni para entrar en la universidad, y los alumnos que no la seleccionen no tendrán una materia alternativa. No se concreta a qué dedicarán ese tiempo, pero en base al modelo anterior a la Lomce puede tratarse de actividades sin contenido curricular. Por ejemplo estudio, hacer deberes o trabajar valores transversales como la resolución de conflictos. Dejará de ser una materia específica en Bachillerato, sin más concreción sobre si se podrá cursar al menos en 1º si hay demanda. En cuanto a Ética y Valores Éticos, será de oferta obligatoria en algún curso comprendido entre 3º y 6º de Primaria y también en 3º o 4º de la ESO.

Reválidas. Las pruebas finales de la Lomce, eliminatorias en 4º de la ESO y 2º de Bachillerato, desaparecen completamente. Ya estaban paralizadas tras la modificación introducida por el PP durante su último mandato, una cesión que sirvió para garantizarse la investidura. Ahora quedan del todo enterradas y seguirán siendo sustituidas por evaluaciones de diagnóstico muestrales (de una selección de alumnos) «que permitan conocer el estado de nuestro sistema educativo, rendir cuentas por parte de los centros y orientar las medidas de gestión de los centros y las políticas de las administraciones».

Además, se fijarán otras pruebas diagnósticas, estas de carácter censal (para todos los matriculados) en 3º o 4º de Primaria y en 2º de la ESO. Sus resultados deberán servir para detectar flaquezas y debilidades (por ejemplo la comprensión lectora o la resolución de problemas) y actuar en consecuencia. Ninguna de estas pruebas tendrá valor académico ni podrá utilizarse para hacer clasificaciones de centros. En la Comunitat se implantaron con María José Catalá y desaparecieron al llegar Marzà.

Refuerzos para alumnos con dificultades. Son varias las medidas que se contemplan: la posibilidad de que los repetidores, a criterio del claustro, dispongan de algún plan individualizado de atención (la regulación actual ya obliga a nivel teórico a procurarles un acompañamiento específico); la reformulación del programa de atención a la diversidad, que en lugar de actuar entre 1º y 3º de la ESO se desplazará a 3º y 4º (excepcionalmente también en 2º); facilitar la obtención del graduado escolar al alumnado que curse FP Básica a criterio del claustro (ahora depende mayoritariamente de superar los cursos de este itinerario); regular la extensión del Bachillerato a tres años, también de manera excepcional y en función del perfil del alumno; y permitir la obtención del título de Bachiller «por compensación en caso de superar todas las materias salvo una».

Itinerarios. Actualmente los alumnos, al final de la ESO, se encaminan hacia estudios de Formación Profesional o Bachillerato, con asignaturas y regulaciones distintas. Esta medida desaparecerá y todos los estudiantes que superen la Secundaria Obligatoria conseguirán el mismo título, sin que se matice si se refiere a la vía encaminada hacia enseñanzas profesionales o la que va hacia las académicas.

Distribución de competencias. En la elaboración del currículum de las asignaturas el Gobierno decidirá sobre el 55% y 65% de los contenidos, en función de si existe o no lengua cooficial. Con la Lomce los porcentajes eran superiores, pues decidía sobre la gran mayoría de asignaturas y las autonomías sólo podían complementarlos, que no completarlos.

Consulta el documento completo con las propuestas del Gobierno para modificar la legislación educativa actual:

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