![Ley del 'sólo sí es sí' | La nueva ley del 'sólo sí es sí' aproxima la libertad para un pederasta encarcelado en Valencia por abusos](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202211/19/media/cortadas/manifestacion-valencia-ktlC-U180763943001kOD-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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Juan Antonio Marrahí y BELÉN HERNÁNDEZ
Valencia
Sábado, 19 de noviembre 2022, 00:28
Un pederasta condenado en Valencia por un delito de abuso sexual podría convertirse, en breve, en otro de los beneficiados por los cambios penales introducidos por la ley del 'sólo sí es sí' en el Código Penal. Así lo ha expuesto Ana ... Cal, directora del departamento de Derecho Penal del despacho Zapata-Boluda Abogados. Ha asegurado que revisarán su caso al guardar semejanzas técnico-legales con el del profesor excarcelado en Madrid al amparo de las variaciones de la normativa que en octubre entró en vigor.
Hasta ahora han trascendido casos relacionados con los nuevos mínimos legales en la horquilla de penas. Pero hay otro fleco que puede traer importantes beneficios y hasta dejar en la calle a aquellos que hayan sido condenados en relación al ya extinto artículo 182 del Código Penal.
Rezaba así antes de desintegrarse con la reciente ley impulsada por el Gobierno: «El que, interviniendo engaño o abusando de una posición reconocida de confianza, autoridad o influencia sobre la víctima, realice actos de carácter sexual con persona mayor de 16 años y menor de 18, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años».
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Ahora ha quedado modificado y el nuevo 182 expresa: «El que, con fines sexuales, haga presenciar a un menor de 16 años actos de carácter sexual, aunque el autor no participe en ellos, será castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años». Y añade: «Si los actos de carácter sexual que se hacen presenciar constituyeran un delito contra la libertad sexual, la pena será de prisión de uno a tres años».
La tipificación de un delito es una premisa básica del derecho. Para juzgar y condenar a una persona la conducta dañina que se le imputa debe estar tipificada. Si una acción no lo estuviera no sería posible acusar a nadie de la acción delictiva. Y esta es la clave que podría beneficiar a pederastas, en concreto al grupo de delincuentes condenados por haber cometido esos actos sexuales con trampas o superioridad a personas de 16 y 17 años.
Cal lanza su advertencia: «Ojo con el artículo 182. Ha sido destipificado. En las personas que hayan sido condenadas por este delito la pena ya no es que quede rebajada. Es que queda anulada». Este giro, asegura, ha sido la clave en el ya conocido caso del profesor condenado por la Audiencia de Madrid por abusos sexuales a menores y excarcelado el mismo día de la entrada en vigor de la nueva norma.
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«Lo que hace la Audiencia Provincial de Madrid es, sencillamente, quitarle la pena del 182 por estar destipificado y mantener la que le corresponde por otros dos delitos» que pesaban menos en términos cuantitativos. Fue condenado a más de seis años y ahora se le queda en un año y tres meses. En total, cinco de rebaja. Como avanza la letrada de Zapata-Boluda, «en nuestro despacho estamos revisando sentencias y tenemos un supuesto del antiguo 182. Es una persona que está en prisión y tenemos la previsión de que pueda salir en breve».
Como reiteran todos los juristas consultados, y Cal coincide, «no se trata de un asunto de machismo». Ni por parte de los abogados que se apoyan en la nueva norma para pedir beneficios ni por parte de los jueces que los autorizan. Es, simplemente, el deber deontológico de los abogados a la hora de defender a sus clientes y el de los jueces de obedecer a los mandatos legales.
El caso madrileño se remonta al pasado enero. La Audiencia de Madrid condenó a seis años de cárcel a un profesor de Primaria de un colegio público de San Sebastián de los Reyes por tres delitos continuados de abuso sexual y uno de pornografía infantil.
El pederasta era profesor de inglés y conocía a sus víctimas cuando impartía clases. Tras pasar a Secundaria mantuvo contacto con sus alumnos, a quienes «invitaba de manera habitual a su domicilio», según describe la sentencia.
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Al ser retroactiva la reforma, los magistrados aplicaron a su caso la rebaja de pena. Nada más hacerse efectiva la reducción, en la fase de ejecución de la sentencia, los magistrados acordaron su excarcelación. Dejaron sin efecto la condena por tres delitos de abuso sexual continuado al no ser constitutivos de delito con la nueva regulación (los del extinto 182), mientras que mantuvieron el resto de penas por abuso sexual y posesión de pornografía.
Pero no sólo eso. Como pasó más de tres años en la cárcel por unos hechos que ahora no son delito, su abogado estudia ahora solicitar una indemnización por los perjuicios ocasionados a su cliente.
La Presidenta de la Audiencia Provincial de Valencia, Esther Rojo, comenta su preocupación ante la situación que se ha creado a raíz de la aprobación de la ley «sólo sí es sí». Rojo transmite un mensaje de tranquilidad a las mujeres víctimas de agresiones sexuales. Su objetivo es que la ciudadanía no pierda la confianza en los tribunales y que el revuelo que se ha formado a partir de las rebajas de las condenas de agresores en Madrid no desmoralice a las víctimas a denunciar. Además, la Presidenta de la Audiencia Provincial de Valencia recuerda que el poder judicial debe actuar bajo el principio de legalidad aplicando la ley vigente en cada momento e interpretándola.
Esther Rojo enfatiza en que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ya avisó en un comunicado que emitió antes de que la ley entrara en vigor que supondría «una reducción del límite máximo de algunas penas que comportará la revisión de aquellas condenas en las que se haya impuesto las penas máximas conforme a la legislación vigente». Partiendo de la base de que el derecho penal se rige por el principio 'pro reo', es decir, que sea favorable al recluso.
Por lo tanto, la Presidenta de la Audiencia Provincial de Valencia informa de que aunque la ley se modificara con efectos más restrictivos no tendría carácter retroactivo. Por el momento, en la Audiencia Provincial de Valencia hay 19 peticiones de revisiones de condenas aunque todavía no se ha emitido ningún tipo de rebaja en las penas de los delincuentes sexuales.
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