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Lunes, 12 de julio 2021
El Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) ha autorizado la limitación a un máximo de diez personas de las reuniones sociales y familiares en toda la Comunitat Valenciana. Esta medida, junto al toque de queda en 32 localidades valencianas, entra en vigor en la madrugada del lunes 12 al martes 13 de julio, y ambas medidas tienen una duración de al menos 14 días.
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Estas son las nuevas restricciones relativas a la permanencia de grupos de personas en espacios privados y públicos, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, publicadas este lunes en el DOGV.
1. En domicilios y espacios de uso privado y en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, no se podrán formar grupos de más de 10 personas, salvo que se trate de personas convivientes o salvo que se trate de dos núcleos de convivencia, y sin perjuicio de las excepciones previstas en los siguientes apartados de esta resolución, así como en otros actos administrativos que sean de aplicación.
2. Se exceptúan de las limitaciones establecidas en los apartados anteriores, las siguientes situaciones:
a) Las actividades no profesionales relacionadas con la crianza y los cuidados, como la atención y acompañamiento a personas menores de edad, personas mayores, en situación de dependencia, con diversidad funcional o en situación de especial vulnerabilidad.
b) La convivencia alterna de hijos e hijas con sus progenitores o progenitoras no convivientes entre ellos.
c) El acogimiento familiar de personas menores de edad en cualquiera de sus tipologías.
d) La reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja que viven en domicilios diferentes.
e) Las personas que viven solas, que se podrán incorporar, durante todo el periodo de vigencia de la medida, a otra única unidad de convivencia, siempre que en esta unidad de convivencia solo se incorpore una única persona que viva sola.
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3. Tampoco están incluidas en las limitaciones previstas en el apartado anterior, las actividades laborales, las institucionales, las de transporte y las de los centros docentes que imparten las enseñanzas a las que hace referencia el artículo 3 de la Ley Orgánica de Educación, incluida la enseñanza universitaria, ni aquellas actividades para las que se establecen medidas específicas.
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Blanca Sánchez Cremades
La consellera de Sanidad, Ana Barceló, ha justificado las nuevas restricciones en un comunicado: «La situación epidemiológica no es la que nos gustaría y, por tanto, el gobierno valenciano ha decidido actuar de forma contundente para frenar la cadena de contagios».
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