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Ocho hoteles de la Comunitat, habilitados para personal sanitario y del mantenimiento de los servicios

Alicante Hills, El Plantío, Goya, Golf Playa, Real de Castelló, Imperial, Imperial II y Colón alojarán en sus 600 habitaciones a plantillas médicas, transportistas y empleados en obras y abastecimiento

burguera

Miércoles, 25 de marzo 2020, 14:42

Ocho hoteles de la Comunitat, según publica el BOE (Boletín Oficial del Estado), han sido incluidos en el catálogo de espacios habilitados de manera especial para dar cobertura a los servicios esenciales. En Alicante, se trata de los Apartamentos El Plantio Golf Resort, Hotel Goya Alicante y Alicante Hills. En la provincia de Castellón se habilitan el Hotel del Golf Playa y el Hotel Real de Catelló, mientras que en la provincia de Valencia se han señalado dos recintos hoteleros en Cullera (Imperial I e Imperial II) así como el NH Colón de la capital del Turia.

En estos ocho hoteles se alojará personal sanitario que esté participando en las labores de contención del coronavirus (médicos, enfermeras y demás plantilla que está en la primera línea de atención), transportistas y plantillas encargadas del abastecimiento de todo tipo, así como trabajadores vinculados al mantenimiento de los servicios básicos y obras de interés general. Se trata de dar un servicio de hospedaje a las plantillas situadas a la vanguardia de la lucha contra el contagio.

Alicante Hills cuenta con 140 habitaciones, el Golf Resort dispone de un centenar de apartamentos y 84 el Goya. Mientras que el Real de Castelló presenta más de una treintena, y el Golf playa de 128. Por su parte, los dos alojamientos de Cullera cuentan con un centenar y el NH Colón, dispone de medio centenar. En total, más de 600 alojamientos. 

Con fecha de hoy, el BOE hace referencia a las medidas del Gobierno por las cuales se suspendió la apertura al público de alojamientos turísticos, así como las decretadas con el fin de frenar la pandemia. Para que estas medidas se desarrollen, el Ejecutivo considera necesario garantizar la movilidad de los trabajadores que realizan los servicios básicos, el suministro de alojamiento y comida. «Labores de mantenimiento, asistencia sanitaria, reparación y obras, suministro y transporte, entre otros, de servicios esenciales como podrían ser, sin ánimo de exhaustividad, personal sanitario, fuerzas y cuerpos de seguridad, transportistas de viajeros y mercancías, personal de operadores de telecomunicaciones y centros de procesos de datos y de empresas instaladoras de telecomunicación para la instalación, el mantenimiento y reparación de redes de telecomunicaciones y centros de procesos de datos, operación y mantenimiento de las redes de transporte y distribución de electricidad, gas, agua, y centrales de generación de energía, personal de prevención y extinción de incendios, trabajadores de plantas petroquímicas o centrales eléctricas o nucleares, personal ligado a actividades de salvamento y seguridad marítima, gasolineras, puertos y aeropuertos, infraestructuras ferroviarias, y obras de interés general en el ámbito sanitario, portuario, aeroportuario, viario y ferroviario, entre las cuales se debe de incluir las telecomunicaciones que se realicen en el ámbito de la geografía ferroviaria, tanto para uso ferroviario como de los operadores de telecomunicaciones, que se realicen en las mismas, plantas de procesamiento de productos agrícolas, cárnicos y pesqueros y de los insumos», se incluyen entre los beneficiados de este servicio, vigente hasta la finalización del periodo del estado de alarma o hasta que existan circunstancias que justifiquen una nueva orden, según indica el BOE.

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