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LA MUERTE DE SCHMIDT DEJA ABIERTA LA VÍA CIVIL

El fallecimiento de la exintendente extingue su responsabilidad penal, pero permitiría que se reclamara el dinero a los herederos de la gestora artística

A. Rallo

Valencia

Jueves, 3 de octubre 2019, 07:56

No es la primera vez que un investigado o acusado en un procedimiento penal fallece cuando el proceso judicial no ha terminado. En el pasado más reciente destaca la muerte de la exalcaldesa Rita Barberá horas después de declarar en el Tribunal Supremo por su supuesta participación en el blanqueo del Grupo Municipal. Precisamente en esa misma causa se suicidó María José Alcón, exconcejal de Cultura del Ayuntamiento e investigada en varios asuntos de corrupción del PP. En ambos casos, la instrucción judicial se encontraba todavía en una fase embrionaria con la toma de declaraciones a los investigados.

El fallecimiento de Helga Schmidt, sin embargo, se ha producido en la última fase del procedimiento con el juicio oral ya señalado. Su delicado estado de salud, de hecho, ya obligó a posponer el juicio el pasado mes de enero. Las sesiones empezarán el próximo mes de noviembre. En todas las situaciones anteriores, no hay duda: la responsabilidad penal de los investigados se extingue con la muerte. Y, en principio, nada hace pensar que su fallecimiento modifique el calendario original del juicio más allá de que al haber una parte menos presumiblemente será más breve.

En el plano penal, Schmidt quedaría eximida de cualquier responsabilidad con un sobreseimiento libre, pero todavía quedaría abierta la vía civil. Esta podría ser interpuesta independientemente del resultado del proceso penal, aunque tendría más posibilidades con una sentencia en la que los hechos probados incluyan una conducta delictiva por parte de los acusados. En este supuesto, el plazo para reclamar por la vía civil es de un año, según precisó José Domingo Monforte, director de Domingo Monforte Abogados. Pero también podría ejercitarse la acción civil en el caso de un fallo absolutorio salvo que se decretase por la falta de autor o por la inexistencia del hecho delictivo. En este supuesto, en cambio, el periodo es de cinco años desde una sentencia firme.

La reclamación tendría que ir dirigida contra sus herederos siempre que aceptaran la herencia. Ahora mismo se desconoce el testamento y quiénes disfrutarían de los bienes. La demanda debería ser interpuesta por los perjudicados. En este caso la Fundación Palau de les Arts, siempre según el criterio que en su día mantuvo la fiscalía. La Abogacía quedó fuera del procedimiento penal porque fue expulsada como acusación. La Generalitat estuvo presente en toda la instrucción, desde los inicios de las pesquisas. Sin embargo, en el último momento, la Audiencia de Valencia aceptó el recurso de la propia Schmidt y los expulsó. El motivo que Les Arts «tiene una personalidad jurídica propia» y que la entidad no sólo recibía fondos públicos. También contaba «con patrocinadores externos». El dinero recibido de las diferentes fuentes «se integra y se confunde» en el patrimonio de la fundación sin que resulte posible diferenciar qué aportaciones se corresponderían con el dinero supuestamente desviado. Pero recuperaría su legitimidad para ejercer la vía civil.

La investigación abordaba la creación de una sociedad para externalizar patrocinios del Palau de les Arts. Por cada nuevo socio, cobraban una comisión. Y la exintendente figuraba como consejera, una circunstancia incompatible con su puesto. Se da la circunstancia de que Schmidt nunca ha dado su versión de los hechos en el juzgado. Cuando fue detenida se acogió a su derecho a no declarar. La causa estaba secreta. A lo largo de la instrucción nunca pidió hacerlo. Y sólo una vez, cuando ya se dictó el auto de incoación de procedimiento abreviado que pone fin a la instrucción, solicitó comparecer. El juez le respondió que ya era tarde. Ella, a través de diferentes entrevistas en medios de comunicación, siempre negó los hechos.

Ahora es una incógnita qué declararán el resto de investigados. Hasta la fecha todos -los empresarios José Antonio Noguera, Joaquín Maldonado y Pablo Broseta junto con el exgerente Ernesto Moreno- han defendido su inocencia y han negado las acusaciones. En el juicio, quizá puedan derivar parte de su responsabilidad hacia la exintendente. La solución, el próximo noviembre.

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