El Diari Oficial ha publicado ya la nueva normativa que actualiza los requisitos lingüísticos para ejercer la docencia. La principal novedad tiene que ver con que ya no se exigirá el Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano para acceder a la función pública docente, es decir, para presentarse a las oposiciones. Se trata de un título que validaba la administración autonómica y para el que era necesario disponer de un nivel C1 en la lengua propia. Este será el requisito mínimo para poder participar en los procedimientos selectivos, quedando el anterior como un mérito. Lo mismo pasará con el Diploma de Mestre en Valencià.
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Con la medida no sólo se elimina un requisito, sino que la Comunitat se equipara a Cataluña, donde no se exige este título. Esto facilitará, por ejemplo, la participación en las oposiciones (o procedimientos de movilidad de funcionarios) de aspirantes de esta región o de Baleares. Lógicamente, la nueva orden se aplicará en el proceso selectivo que llega en verano, centrado en Secundaria y en enseñanzas de régimen especial.
Por otro lado, la norma recuerda que para impartir asignaturas en inglés (no la de especialidad) se precisará de un C1 en la lengua extranjera, algo que recoge la Ley de Plurilingüismo. Eso sí, existe una moratoria que llegará hasta el curso 2026-2027 y que permite vehicular las materias con un nivel B2.
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