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El pasado martes el Consell anunció la probación del anteproyecto de la primera Ley de Protección y Ordenación de la Costa Valenciana por parte de la Comunitat. Con un total de 59 artículos, además de siete disposiciones adicionales y tres transitorias, el conseller Martínez Mus explicó que el objetivo de esta normativa es «proteger los valores naturales de nuestra costa y atender a la realidad histórica y económica del litoral mediante una norma propia». Sin embargo, es importante ahora responder a las cuestiones en las que verdaderamente entra la norma.
Los deslindes actuales los marca la Ley de Costas estatal, y la nueva norma del Consell no podrá aplicar medidas que contradigan la orden del Estado. Sin embargo, la nueva Ley establece un mandato legal a través del cual la Generalitat interpondrá recursos contencioso-administrativos contra la aprobación de deslindes del Estado que considere se consideren negativos para el interés de la Comunitat.
La Generalitat marcará las distancias a través del llamado Plan Simplifica, que está en proceso de tramitación en Les Corts. Aunque, eso sí, esta Ley creará un Plan de Ordenación Costera -que sustituirá al PATIVEL- como instrumento reglamentario cuyas bases tengan rango de Ley. Según el Consell, esto aumentará la seguridad jurídica para que sean dichas normas las que clasifiquen cada tramo de costa.
Las normas urbanísticas con respecto a la costa ya se regulan desde un ámbito urbanístico -el Plan Simplifica-, y por tanto, esta nueva ley no se centra en distancias concretas sino en criterios generales de protección. En este sentido, con la información previa ofrecida por el Consell, los chiringuitos se permitirán a partir de los 100 primeros metros de costa, siempre y cuando sean desmontables.
El objetivo de la nueva ley es que cualquier tipo de concesión de actividad en la costa valenciana, sea del ámbito que sea, dependa de la Generalitat. Es decir, que todas las licencias se concedan desde la administración autonómica. El conseller avisó que una vez entre en vigor la norma, habrá un periodo de adaptación para cumplir con esta premisa.
La nueva ley creará la figura de protección de núcleos costeros tradicionales, que pretende librar de los deslindes aquellas construcciones consideradas como de carácter histórico para esos municipios costeros. Según la Conselleria de Medio Ambiente, la ley estatal no contempla la protección de estos espacios etnológicos, y la nueva ley valenciana sí lo hará.
Estos criterios los marca la ley de costas estatal y su regulación del espacio de dominio público marítimo-terrestre, para la aplicación de los deslindes. Como se ha explicado anteriormente, la Nueva Ley valenciana aporta mecanismos a la Generalitat para proteger edificaciones, siempre y cuando tengan un carácter histórico para el municipio costero.
En estos casos, la Generalitat podrá constituir como patrimonio público suelo litoral que contribuya a la ejecución de dicha ley, es decir, pueda servir para la conservación y mejora del medio ambiente, del patrimonio natural y del patrimonio cultural. Para ello, la Generalitat podrá declarar de utilidad pública, a efectos de expropiación forzosa, los terrenos de propiedad particular que resulten necesarios.
La nueva Ley proporcionará una bolsa de suelo alternativa a todos aquellos afectados por los deslindes que provoque esta ley. Medio Ambiente asegura que el primer objetivo es que los propietarios no se vean afectados por los deslindes, pero si llega el caso, e incluso existe alguna sentencia de demolición, la Ley prevé como última opción compensatoria para los afectados, la creación de dichas bolsas de suelo.
Como cualquier otra propiedad particular, estas propiedades podrán ser objeto de expropiaciones forzosas con el objetivo de cumplir con las medidas de protección del litoral.
La Ley cataloga cada zona de costa en función de su entorno natural: zona de protección ambiental, área de mejora ambiental y paisajística, y área de reordenación. En la primera no se permitirá ninguna actividad que perjudique al entorno. La segunda mantiene valores naturales pero tiene cierto grado de desnaturalización, y la tercera será la zona principalmente urbana. En cada una de las áreas se señalan usos prohibidos, permitidos y autorizables, siendo el grado de permisividad acorde a la protección establecida.
La Ley creará la Comisión Interdepartamental de Coordinación de Ordenación del Litoral, donde la Generalitat coordinará las competencias de cada Ayuntamiento en materias como la gestión de sus playas o estrategias de regresión de la costa.
Los municipios participarán en la comisión interdepartamental de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias en todo el proceso.
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La Generalitat requerirá a los promotores de los proyectos un estudio sobre dichos beneficios, y la propia administración podrá decidir si el plan es favorable o desfavorable en función del estudio presentado. En caso de considerarlo favorable, la Generalitat podrá realizar correcciones.
Siempre prevalecerá aquella que aporte mayor protección ambiental.
La Ley contempla por primera vez la protección de vegetación autóctona y protectora de la costa, como la posidonia, de la mano de los agentes que ya velan por su protección. Medio Ambiente ya ha anunciado que quedará prohibido el fondeo en zonas con presencia de posidonia.
La Generalitat ha afirmado que este es el objetivo principal de la nueva Ley, pero no ha especificado ninguna medida al respecto, salvo el ejemplo del fondeo en zonas con posidonia. Para especies de tierra, en las áreas de protección ambiental y de mejora paisajística, no se permitirán actividades que pongan en peligro el ecosistema.
Introduce nuevas sanciones en tanto en cuanto se van a prohibir actividades que ninguna ley anterior contemplaba. Esta ley dispone de su propio carácter sancionador con cantidades económicas en función de la gravedad de las infracciones.
Además de los agentes ambientales que anunció Medio Ambiente para patrullar todo el litoral valenciano, habrá órganos de inspección con carácter de agentes de la autoridad que podrán revisar que no se cometan infracciones.
Medio Ambiente asegura que La Dirección General de Costas ya cuenta con funcionariado capacitado para ello, además de que reforzará el servicio de costas y de administración.
La nueva ley presenta tres tipos de infracción con su correspondiente sanción: Infracción muy grave, donde las sanciones serán de 50.001 hasta los 500.000 euros; infracción grave, donde se sancionarán con multa entre 5001 y 50.000 euros; e infracción leve, donde se castigarán con multa entre 200 y 5.000 euros.
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Iker Cortés | Madrid
Sara I. Belled y Leticia Aróstegui
Patricia Cabezuelo | Valencia
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