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La asociación Hablamos Español llevará a los tribunales la circular remitida a los centros educativos que insta a que las intervenciones en valenciano ... y los trabajos que presenten los alumnos en clase se tengan en cuenta en su nota final en aquellas materias no lingüísticas que se estén impartiendo en la lengua autonómica.
La organización considera que el documento «pretende impedir ilegalmente que el alumnado use el español oralmente y por escrito en todas las asignaturas» y lo vincula con el asesoramiento que han prestado a diferentes familias en este sentido.
La circular, denominada 'Consideraciones sobre la lengua vehicular', fue desvelada por el grupo parlamentario popular. Se emitió ante las consultas formuladas por los centros y hacía referencia a las asignaturas no lingüísticas -esto es, cualquiera menos Castellano, Valenciano y las de idiomas extranjeros- que se están dando en la lengua cooficial.
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Básicamente recordaba aspectos contemplados en la legislación estatal y autonómica, especialmente la Ley de Plurilingüismo, y sobre la metodología TILC (Tratamiento integrado de lengua y contenidos), señalando que la elegida como vehicular «forma parte del proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado y afecta al uso oral y escrito, incluidas las pruebas de evaluación».
Sobre esta última cuestión se añadía que «hay que considerar que las intervenciones en clase, las actividades, la presentación de trabajos junto con los exámenes y otros medios (...) también conforman la evaluación final del alumnado». Por ello, «la actividad diaria en la materia debe hacerse en la lengua vehicular».
La entidad explica que desde hace un año informan a familias de diferentes comunidades bilingües «sobre el derecho a usar el español en clase oralmente y a la hora de presentar ejercicios, proyectos o realizar exámenes aunque la asignatura se imparta en otra lengua oficial», buscando «cualquier resquicio legal para ganar espacios de libertad ante el muro antipedagógico y restrictivo de derechos que es la imposición lingüística».
A las familias que se topan con reticencias por parte de docentes o equipos directivos, asegura la asociación, se les facilita un modelo de escrito para presentar ante la administración. Entre otras referencias jurídicas se citan dos sentencias del Tribunal Constitucional, una de 1986, que avala el modelo de elección de lengua vehicular, y otra de 1994, que validaba que las administraciones determinaran la proporción de las lenguas oficiales.
El escrito diferencia entre la obligación de uso de los profesionales y la de los estudiantes, interpretando que los citados fallos permiten a los poderes públicos «determinar cuál ha de ser la lengua vehicular (la empleada por los docentes) de las determinadas materias no lingüísticas», pero no están facultados «para imponer el uso de una determinada lengua oficial a los alumnos (la parte discente)», salvo en los casos de áreas lingüísticas.
Prosigue el escrito señalando que los estudiantes pueden elegir la lengua oficial que prefieran «ya que se trata de evaluar sus conocimientos en una materia no lingüística y puede ocurrir que se sientan más cómodos y seguros si utilizan una determinada lengua oficial», que seguro conoce el docente. El modelo de Hablamos Español solicita por ello que se permita utilizar el castellano en actividades académicas, así como en los materiales didácticos, en las citadas asignaturas.
La asociación considera que la circular enviada facilitará la vía judicial, en el sentido de que permitirá dar una respuesta global y no sólo individualizada respecto a las familias que ya han presentado escritos a nivel administrativo tras encontrarse con reticencias por parte de los centros. «Se trata de una instrucción en la que se contempla, de facto, la imposición de sanciones», alega. «De este modo acortaremos la vía administrativa iniciada con los recursos de cada familia. Establece deberes que afectan a los alumnos, siendo, por tanto, recurrible», dice.
«La consejería ha querido disfrazar esta instrucción con el título de 'consideraciones' para intentar eludir el control jurisdiccional de la misma, pero se trata de un acto administrativo de carácter reglamentario en el que se establecen deberes para el alumnado, y por tanto, puede ser recurrida por la vía contencioso-administravia», añade.
Además, insiste en que el escrito remitido está íntimamente ligado con el asesoramiento que prestan a los padres de algunos centros. A su juicio, sus equipos directivos «han pedido asesoramiento legal a la consejería y esta, ante el aumento de familias que están presentando nuestro escrito, ha enviado una instrucción en la que se indica que han de bajar la nota a los alumnos que se expresen en español», se señala.
Hablamos Español también defiende que hay docentes que aceptan sus planteamientos, «anteponiendo la importancia de adquirir los contenidos de la asignatura a una mal llamada normalización lingüística».
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