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Iván Arlandis

Todo lo que se puede hacer y lo que no en Valencia en el puente de San Vicente

Ximo Puig ha anunciado nuevas medidas contra el coronavirus en la Comunitat que entrarán en vigor el próximo 12 de abril. Pero hasta entonces, estas son las restricciones que siguen vigentes

M.P.

Viernes, 9 de abril 2021, 12:59

La Generalitat Valenciana ha prorrogado el grueso de las restricciones para combatir la pandemia de coronavirus en la Comunitat. El Consell continua actuando con prudencia (a pesar de los buenos datos sobre contagios y hospitalizaciones por Covid-19 en la región durante las últimas tres semanas, en comparación con los que arrojan el resto de autonomías) y ha variado sólo tres cuestiones muy concretas, que entrarán en vigor el próximo lunes 12 de abril (y hasta el próximo día 25 del mismo mes).

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Hasta entonces, ¿qué restricciones hay que cumplir en la Comunitat?, ¿qué es lo que se puede hacer y lo que no durante este puente de San Vicente?

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    Hostelería

Tiene permitida la apertura tanto del interior como de las terrazas. Dentro del local el aforo máximo permitido es de un 30%, mientras que en el exterior se podrá completar el 100% del aforo. El horario de cierre es a las 18 horas, aunque se permite la apertura hasta el inicio del toque de queda para realizar pedidos a domicilio y recogida en local. En cuanto a las mesas, sólo se permiten cuatro comensales por mesa.

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    Reuniones sociales

En el ámbito privado, es decir, dentro de los domicilios, se permite la reunión de un único grupo de convivencia mientras que en el ámbito público podrán reunirse hasta cuatro personas. La atención y cuidado de personas mayores, menores o dependientes es una excepción para acudir a una vivienda en la que no se convive.

El ocio educativo puede seguir desarrollando sus actividades siempre que se cumpla con un aforo máximo del 30 % y un grupo máximo de 10 personas.

En cuanto a las ceremonias: El aforo máximo permitido es de un tercio, mientras que si la celebración es al aire libre el máximo de personas permitidas serán 20 y si es en un lugar cerrado sólo podrán acudir 15 personas. Cualquier celebración que conlleve un servicio de comida ésta se deberá regir por las normas aplicables a la hostelería.

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    Comercios

El comercio considerado «no esencial» debe cerrar sus puertas a las 20 horas. Además, deberá tener un aforo máximo del 50% de su capacidad.

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    Centros deportivos

Los centros deportivos como gimnasios, pabellones, piscinas e instalaciones pueden abrir sus puertas, pero deben cumplir con un máximo del 30 % del aforo legal establecido.

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    Movilidad y toque de queda

La Comunitat sigue, como desde noviembre, con cierre perimetral. No se puede entrar ni salir de la región a no ser que se cumpla alguna de las excepciones recogidas en la norma. La policía despliega de forma habitual controles en puntos colindantes con otras autonomías para revisar el cumplimiento de cada desplazamiento que se registra. Así mismo prosigue el toque de queda establecido entre las 22 y las 06 horas, horario durante el cual está prohibida la movilidad sin causa debidamente justificada.

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