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Una mujer con mascarilla. Ricardo Rubio/EP

¿Me pueden multar por no llevar mascarilla en la fase 3 y en la nueva normalidad?

Se mantiene la obligatoriedad de usar mascarilla en determinadas situaciones

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Lunes, 15 de junio 2020

Galicia se ha convertido este lunes en la primera comunidad que entra en la «nueva normalidad», una fase en la que toda España estará a partir del 21 de junio cuando finalice el estado de alarma, y en la que se eliminan las restricciones a la movilidad.

Esta etapa se regirá por el real decreto aprobado el pasado martes por el Consejo de Ministros que establece las normas generales, aunque cada comunidad autónoma dictará aquellas que considere oportunas dentro de su propio territorio.

En la nueva normalidad -y en la fase 3- se mantiene la obligatoriedad de usar mascarilla en determinadas situaciones.

El decreto pone fin a las restricciones para moverse por toda España, aunque con distancias ahora fijadas en un metro y medio y el uso obligatorio de mascarillas para mayores de 6 años cuando no se puedan mantener esas distancias bajo multa de hasta 100 euros.

La mascarilla será obligatoria también en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús o por ferrocarril. En los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, la mascarilla será obligatoria si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.

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