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d. g.
Jueves, 11 de noviembre 2021, 12:00
La Conselleria de Sanidad ha actualizado la norma que regula la utilización de las mascarillas. En concreto, establece que, a partir de ahora, toda aquella persona que presente problemas respiratorios y no porte el cubrebocas deberá justificarlo con un informe médico. Así lo recoge la ... resolución publicada este jueves en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) que modifica algunos puntos de la normativa en vigor.
En concreto, el texto normativo establece que la mascarilla no será exigible a «las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla». Sin embargo, la novedad radica en que estos ciudadanos deberán «contar con un informe médico, en documento oficial, expedido por el médico responsable de la atención de la patología correspondiente, en el que se exponga objetiva y rigurosamente que la persona presenta una enfermedad o dificultad respiratoria incompatible con su uso o qué por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización».
El texto mantiene la supresión de la obligatoriedad de portar mascarilla en aquellos lugares o espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan, como son las instituciones para la atención de personas mayores o con diversidad funcional, las dependencias destinadas a residencia colectiva de trabajadores esenciales u otros colectivos que reúnan características similares, siempre y cuando dichos colectivos y los trabajadores que allí ejerzan sus funciones, tengan coberturas de vacunación contra el SARS-CoV-2 superiores al 80 % con pauta completa, acreditada por la autoridad sanitaria competente.
Esta excepción «no será de aplicación a los visitantes externos, ni a los trabajadores de los centros residenciales de personas mayores o con diversidad funcional».
También mantiene la permisividad de que los oradores puedan quitarse la mascarilla cuando intervengan en lugares cerrados de uso público y puedan mantener la distancia de seguridad.
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