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DANIEL GUINDO
VALENCIA.
Jueves, 4 de abril 2019, 00:40
El Diario Oficial de la Generalitat publicó ayer y el pasado martes someter a información pública los borradores de los tres decretos de la Conselleria de Sanidad el los que se regula el sistema de carrera profesional del personal de salud pública y sanitario y el del desarrollo profesional de la plantilla estatutaria. Como principal novedad, se incluye en este modelo a los trabajadores interinos y los temporales de larga duración -aproximadamente, el 30% de la plantilla-, por lo que estos profesionales podrán optar a las retribuciones adicionales que contempla este sistema, basado en escalar distintos grados en función de los conocimientos o experiencia que se vaya adquiriendo o el cumplimiento de los objetivos marcados por la propia conselleria.
El paso de un grado a otro, en función de cada categoría, puede suponer un incremento salarial de entre 820 y 3.280 euros al año, en el escalón de las agrupaciones profesionales (A.P.) en el que estarían encuadrados, por ejemplo, los celadores; y de entre 3.280 y 13.122 euros anuales del grupo A1 (doctores, entre otros).
El marco temporal, sin embargo, marca la mayor parte de las aristas de la iniciativa. Por un lado, la publicación surge a menos de un mes de las próximas elecciones autonómicas, por lo que desde el sindicato CSIF interpretan los plazos adoptados como «electoralistas». Esta idea, se refuerza con la decisión de la conselleria de declarar los procedimientos de urgentes, por lo que únicamente ofrece un plazo de siete días para presentar alegaciones a los borradores, cuando habitualmente este tiempo oscila entre los 15 y los 30 días, por lo que no declararlo de urgencia habría dificultado, sino imposibilitado, su aprobación con anterioridad a los comicios.
Otro aspecto, medido en tiempo, que no ha terminado de contentar a algunas fuerzas sindicales, como CCOO, es el establecido para fijar qué trabajadores temporales de larga duración pueden optar a la carrera profesional y, por tanto, a las retribuciones adicionales. El borrador del decreto establece que, como mínimo, deben haber prestado servicios para la Administración durante cinco años y -el aspecto más polémico- en ese tiempo, no hayan dejado de trabajar durante más de cuatro meses.
Sin embargo, y aquí entra en escena el tercer aspecto temporal, durante los últimos, aproximadamente, tres años, la conselleria ha tenido que hacer frente a un goteo de demandas judiciales por parte de estos trabajadores (interinos, especialmente) que reclamaban su derecho a percibir la carrera profesional, como recuerda la vicepresidenta de Sanidad de CSIF Comunidad Valenciana, Dolly Prunés. De hecho, entre los argumentos dados por Sanidad a los sindicatos para declarar el proceso de urgencia para aprobar los citados decretos se apuntaba el de tratar de atajar el pago de las costas judiciales, puesto que en la gran mayoría de los casos, los tribunales condenaban a la Administración a abonar las retribuciones demandadas por los afectados.
Y, en esta línea, desde CCOO ya apuntaron que «desde hace años, las sentencias, todas favorables, no incluyen ningún tipo de limitación en las interrupciones entre un contrato y otro», de ahí que se muestren, cuanto menos, sorprendidos por que Sanidad haya incluido los citado cuatro meses de periodo máximo entre un trabajo y otro. Por tanto, el sindicato entiende que en un sector con una temporalidad y una rotación «tan alta» como es de la sanidad pública, el establecimiento de este requisito «supone de hecho dejar fuera de la percepción del complemento a una gran cantidad de profesionales que, de forma discontinua, viene prestando servicios para la Conselleria de Sanidad y que, además, están amparados por la legislación europea en cuanto a la no discriminación retributiva entre el personal temporal y el fijo».
Por último, hasta el 1 de enero de 2022 no se otorgará la condición de personal temporal de larga duración, por lo que CCOO también lo tacha de «discriminatorio» porque «deja fuera de la percepción del complemento a un significativo número de profesionales temporales durante un periodo de tres años».
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