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Personal sanitario traslada a un paciente en una ambulancia. ep

Sanidad incumple desde hace cuatro años el pacto de dar coches a los médicos para visitas

La conselleria suscribió un pacto con los principales sindicatos en septiembre de 2018 para dotar de vehículos los centros de salud

D. G.

Martes, 17 de enero 2023, 20:36

«La Conselleria de Sanidad va a iniciar la tramitación correspondiente para que los puntos de atención continuada (PAC) sean atendidos con vehículo y conductor». « ... Adicionalmente, con el fin de la mejora de las condiciones laborales del personal sanitario de los Equipos de Atención Primaria, esta Conselleria va a promover la progresiva dotación de vehículos, garantizando e incrementando con esta medida la mejora en la atención asistencial«. Estos dos puntos se encuentran en el pacto alcanzado por la mesa sectorial de Sanidad (entre la conselleria y los principales sindicatos) para la gestión del desplazamiento de los profesionales que trabajan en los centros de salud. Un acuerdo firmado, de su puño y letra, por la entonces consellera del ramo, Ana Barceló, el 14 de septiembre de 2018 y que parece que, más de cuatro años después, no se ha cumplido a rajatabla pese a las constantes quejas de los especialistas.

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De hecho, ha tenido que ser el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Alicante el que, a través de una sentencia, haya obligado al departamento que ahora dirige Miguel Mínguez a poner un vehículo con conductor a los médicos de Atención Primaria y Continuada para desplazamientos en las atenciones en los domicilios.

El demandante, facultativo interino y representado por el Sindicato Médico de la Comunitat (CESM-CV), alegó que entre sus funciones tenía que atender a pacientes en su domicilio cuando no podían trasladarse al centro de salud y, como médico del Punto de Atención Continuada (PAC), hacer frente a las urgencias en jornadas de 17 o 24 horas teniendo que desplazarse a los domicilios particulares.

El médico pidió los medios necesarios para poder realizar estos desplazamientos, que concretaba en disponer de un vehículo con conductor. Su solicitud no fue atendida y ahora el juzgado le da la razón. Al respecto, el juez aclara que el Complemento de Dispersión Geográfica aludido por la Administración para no facilitar medios de transporte «no es una cantidad para que pueda desplazarse a los domicilios de sus pacientes, sino retribuir la disponibilidad para realizar el desplazamiento».

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Asimismo, argumenta que «si para poder acceder al puesto de trabajo que ocupa el recurrente no se precisa disponer de una autorización o licencia administrativa para conducir, ni de vehículo propio, y de forma ineludible e inaplazable se exige una serie de desplazamientos dentro de la zona de salud del equipo al que pertenece el recurrente, algún medio se tendrá que poner a disposición del demandante para poder desempeñar su trabajo».

Por otro lado, pide a la conselleria que «se plantee este asunto desde la perspectiva de la necesidad de proteger la salud de sus trabajadores»... «cuando el desplazamiento se pudiera hacer a altas horas de madrugada o en extremas condiciones meteorológicas», añade la citada sentencia.

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Frente a ello, Mínguez ha afirmado este martes que el asunto está en manos de la Abogacía de la Generalitat y serán los especialistas jurídicos quienes decidan si presentan un recurso o no a esta decisión.

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