Los animales de compañía ya no van a poder entrar a ningún recinto sanitario de la Comunitat. La nueva resolución de la Conselleria de Sanidad que acaba de entrar en vigor establece la prohibición de acceso de las personas con animales de compañía tanto ... a los centros de salud como a los hospitales valencianos, así como a cualquier otra dependencia sanitaria. Desde este miércoles, cuando se publicó la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat, es obligatorio también que en los centros sanitarios públicos se señalice de manera visible desde el exterior un cartel de prohibición de la entrada de animales.
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La única limitación en la norma es que sí podrán acceder los perros de asistencia para personas con discapacidades, pero salvo ellos, ningún otro animal podrá entrar. Las razones que argumenta Sanidad para impedir el acceso son que en los centros sanitarios se considera que el acceso de animales de compañía «podría comportar riesgos tanto higiénico-sanitarios como de seguridad para la integridad de los pacientes y del propio personal que trabaja en ellos», según dice textualmente la resolución, firmada por el conseller, Marciano Gómez.
La señal de prohibición se colocará en la entrada de los centros sanitarios y estará formada por un símbolo de prohibición, con un dibujo de un perro en su interior. Debajo, habrá un texto en el que pondrá, en valenciano y en castellano, lo siguiente: «Prohibido el acceso de animales de compañía (Art. 29.3 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo de 2023). Excepto perros de asistencia».
Sanidad añade que esta circunstancia se une a la necesidad de garantizar una prestación adecuada y de calidad del servicio público de salud, por lo que aconsejan limitar la presencia de animales de compañía. Esta resolución se ha tenido que publicar, como ya hicieron los centros educativos, para poner una barrera respecto a la norma general. La ley del 28 de marzo publicada en el BOE establece que «salvo prohibición expresa, debidamente señalizada y visible desde el exterior, se permitirá el acceso de animales de compañía a edificios y dependencias públicas». Por ello, tanto Sanidad como Educación han tenido que elaborar una norma particular en sus casos que prohíba expresamente por razones determinadas el acceso de mascotas.
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Según la norma, se entiende como animal de compañía aquel «animal doméstico o silvestre en cautividad, mantenido por el ser humano, principalmente en el hogar, siempre que se pueda tener en buenas condiciones de bienestar que respeten sus necesidades y que su tenencia no tenga como destino su consumo o el aprovechamiento de sus producciones o cualquier uso industrial o fin lucrativo», señala la ley. Además, establece la norma que todos los perros, gatos y hurones, independientemente del fin al que se destinen o el lugar en el que habiten, serán considerados animales de compañía.
Hay que recordar que la nueva ley nacional prohíbe a los dueños de los animales dejarlos atados en la puerta de un centro o establecimiento mientras ellos entran, y por eso la resolución de Sanidad habla de que «el acceso de las personas con animales de compañía estará prohibido», ya que tampoco podrán entrar los propietarios de los animales a los centros sanitarios.
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