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Multitudinaria concentración en defensa de la educación concertada organizada en mayo de 2016 en Valencia. Manuel Molines
40 sentencias contra las políticas del conseller de Educación Vicent Marzà

40 sentencias contra las políticas del conseller de Educación Vicent Marzà

Desde finales de 2016, el TSJ ha anulado recortes de conciertos, el decreto de plurilingüismo o el veto al alumnado de universidades privadas en las prácticas

Joaquín Batista

Valencia

Miércoles, 26 de diciembre 2018, 00:03

La legislatura ha estado marcada por la acción de la justicia en materia educativa. El Consell ha tenido un ojo puesto en la gestión y otro en las resoluciones del TSJCV, que han sido abundantes, sobre todo las que se han pronunciado en contra de las medidas aplicadas, desde el decreto de plurilingüismo de 2017 hasta el recorte de conciertos, pasando por la exclusión del alumnado de las universidades privadas de las prácticas en centros públicos o por la reducción extraordinaria del número de alumnos por aula. Las decisiones -o la ausencia de ellas- sobre la transparencia contable de las universidades públicas o en relación al salario real de los mal llamados auxiliares de inglés también han sido cuestionadas.

Desde finales de 2016 se han publicado al menos 42 sentencias contra las políticas adoptadas, la gran mayoría referidas a centros a los que el TSJCV reconoce su derecho a mantener el concierto recortado. Se da la situación, sin embargo, de que los fallos no están teniendo efectos prácticos en gran parte de los casos, bien por la presentación sistemática de recursos de casación ante el Supremo, que suelen dejar las primeras sentencias en stand by, o por tacticismo político. La derogación del citado decreto en plena vorágine judicial y su sustitución por la Ley de Plurilingüismo es el mejor ejemplo.

Hay otras medidas que han pasado el filtro del TSJCV al darse la razón a la conselleria. Ha sucedido con la exclusión de las becas del alumnado de las universidades privadas -el Supremo también ha cerrado la puerta-, las normativas sobre la jornada continua y el proceso de admisión del alumnado o el plan experimental para crear aulas para niños de dos años en los colegios públicos.

A la espera de desbloquear un concertado en suelo público

Una de las sentencias conocidas este año hace referencia al proyecto impulsado por el PP de ceder parcelas de uso público para la construcción de colegios por parte de la iniciativa privada con la promesa de otorgarles el concierto siempre que cumplieran los requisitos. Se denominaron Centros de Iniciativa Social (CIS) y el modelo se importó desde Madrid.

Sólo se iniciaron dos licitaciones. En la de Elche, las dos entidades que optaron fueron eliminadas durante el proceso, que llegó al final de la legislatura anterior. Por lo tanto, la decisión no cabe vincularla con los gestores actuales. Una de las licitadoras, la Fundación Educatio Servanda, recurrió la exclusión al considerar que los criterios utilizados para apearla -tumbar el proyecto educativo presentado- fueron irregulares. Y el TSJCV le ha dado la razón, obligando a reanudar el concurso permitiendo que la demandante pase a la última fase, la valoración de la propuesta económica. En caso de cumplir los requisitos (lo que es obvio) debe quedarse con la obra.

Fuentes jurídicas explicaron que se ha solicitado la ejecución de la sentencia, y que desde la conselleria se alega que la fundación aceptó la renuncia al proyecto por el hecho de haber recogido la documentación presentada tras un requerimiento del departamento. La organización discrepa de esta interpretación y ha presentado un escrito alegando su disconformidad.

La conclusión de que la judicialización ha sido una constante durante la legislatura se sustenta además con los procedimientos que siguen vivos, como el tratamiento de la asignatura de Religión. En suma, cabe la interpretación de que parte de la comunidad educativa no comulga con los postulados políticos que rigen las decisiones adoptadas.

29 sentencias desde mayo de 2018

Recortes en las aulas concertadas

El decreto que regula el procedimiento para renovar el concierto educativo -o para acceder al mismo- llegó a principios de 2017. En total suma seis sentencias que anulan varios artículos por contravenir aspectos de la normativa básica estatal, especialmente por el tratamiento dado a los postobligatorios. Los recursos fueron presentados por la patronal Escuelas Católicas, la Federación de Apas Fcapa, la Confederación Concapa CV, una asociación de padres a título personal y un colegio de Ontinyent, además del protagonizado por diputados del PP.

De manera paralela, fueron muchos los colegios que recurrieron el recorte sufrido y ya tienen sentencias a su favor. Lo hicieron Calasancio, Jesuitas, Altozano, Maristas (Alicante), La Salle (Alcoy), Sagrada Familia (Elda), Aitana (Elche) -este doblemente, por dos ajustes sucesivos-, Purísima (Alzira), María Inmaculada (Carcaixent), Domus (Godella), Armelar (Paterna), Vedat (Torrent) y Pilar, Esclavas, Santa Ana, Guadalaviar, Purísima Franciscanas, Loreto y Trinitarias de la ciudad de Valencia. En todos los casos perdieron al menos una línea de Bachillerato. Además, queda pendiente de fallarse el recurso del San José de Calasanz de Valencia.

También han trascendido sentencias que anulan recortes en otros niveles, como las que dan la razón al San Juan de la Cruz de Alicante (un aula de Infantil), a la Escuela Profesional La Salle de Paterna (tres ciclos formativos) y al Pureza de María Grao (otra aula de Infantil).

Salvo en cuatro casos que pidieron la ejecución provisional de la sentencia o disponían de medidas cautelares que frenaron el recorte, en el resto la recuperación del concierto dependerá del Supremo tras los pertinentes recursos de casación de la Generalitat, que también impugnó las resoluciones judiciales que afectaban al decreto marco. Dos ya han sido admitidos a trámite.

5 sentencias desde julio de 2017

Frente contra el primer modelo lingüístico

El decreto de plurilingüismo, que vinculó el peso de las horas lectivas en valenciano con una mayor carga de inglés, quedó mutilado tras cinco fallos. El primero, tras un recurso de Csi·f, anuló la disposición que daba títulos oficiales en idiomas en función de la carga de la lengua propia, opción que no existía para los que cursaban casi todas las materias en castellano. El TSJCV consideró que vulneró los derechos fundamentales a la igualdad y a la educación.

Nueve meses después, en abril de 2018, se conocieron los otros cuatro a raíz de las impugnaciones de Fcapa, de Defensa del Castellano, de la plataforma de Ampas Covapa-Concapa-Idiomas y Educación y de la Diputación de Alicante. Los fallos dijeron que el sistema creado por el decreto arrinconaba la enseñanza en castellano, contraviniendo leyes estatales y autonómicas.

Entretanto, a finales de 2017, el Consell derogaba el decreto y pedía el archivo de las causas, que denegó el TSJCV al considerar que había aspectos que pervivían en normas posteriores. Además, se había recurrido ante el Supremo, que ya ha emitido tres providencias de inadmisión por una cuestión formal -no hay objeto de litigio-, lo que no impide que las sentencias adquieran firmeza. Aunque la presión judicial llevó al Consell a renunciar al decreto, la derogación dejó los fallos sin efectos prácticos. La estrategia pasó por aprobar en Les Corts una Ley de Plurilingüismo más flexible aunque con el objetivo claro de fomentar que los centros dieran la mayoría de horas en valenciano, igual que lo que perseguía el decreto.

En el apartado positivo, por un defecto de forma se inadmitió una cuestión de inconstitucionalidad elevada por el TSJCV para dirimir si la administración había eludido la suspensión cautelar del decreto dictada en mayo de 2017 gracias a otra norma que en la práctica dio continuidad a los proyectos lingüísticos adaptados a la polémica norma.

1 sentencia dictada en septiembre

La exclusión de las prácticas sanitarias

En este caso el fallo se refiere a la Conselleria de Sanidad, si bien el ámbito de aplicación también tiene carácter educativo. Por no hablar de que el anuncio de que los alumnos de Ciencias de la Salud de las universidades privadas no podrían hacer prácticas en centros públicos corrió a cargo de la exconsellera Montón y de Vicent Marzà.

La sentencia reconoce el derecho de la Universidad Católica a rubricar convenios con la administración para tal fin, pues considera que la normativa estatal da cabida a estos acuerdos. También dice que el acompañamiento formativo de los alumnos no es incompatible con el régimen de exclusividad del personal sanitario. Además, acepta una pericial de la Católica que defiende que hay espacio suficiente para acoger a los estudiantes de las redes pública y privada. El fallo daba cuatro meses para la firma de un acuerdo, si bien quedó en suspenso al recurrirse en casación ante el Supremo.

La universidad demandante espera una llamada para sentarse a negociar y encontrar un punto de encuentro, si bien no descarta pedir la ejecución provisional. La CEU Cardenal Herrera, por su parte, tiene vivos varios recursos de lo contencioso por esta misma cuestión.

1 sentencia conocida en octubre

La reducción de la ratio, el mazazo más reciente

El TSJCV consideró que Educación asumió una competencia que no le correspondía al determinar que en 30 municipios el máximo de niños por aula fuera de 23 y no de 25, como fija la normativa estatal. El recurso lo presentó la patronal concertada Escuelas Católicas, que hubiera preferido que se diera libertad a los centros o se optara por otras medidas como los desdobles para mejorar la atención del estudiantado.

Además, recelaba de la consecuencia indirecta: propiciar trasvases de alumnos. Al fin y al cabo, al tratarse de colegios más demandados suelen llenar sus aulas, por lo que en muchos casos implicaba perder dos niños por curso (la medida empezaba a aplicarse en 1º de Infantil y avanzaba un nivel cada año). Y se temía que de forma acumulativa llegara a poner en riesgo los conciertos de etapas superiores por falta de alumnos. Educación ha recurrido, y además, el fallo anuló la orden que aplicaba la bajada en el 2017-2018. La norma que se refiere al curso actual está impugnada y la del próximo es de momento un borrador.

1 fallo dictado en octubre de 2016

Las facturas de las universidades públicas

La sentencia derivó de un recurso del diputado del PP Rubén Ibáñez contra una respuesta parlamentaria de la Conselleria de Educación en la que se decía que no disponía de la información detallada de las cajas fijas de las universidades públicas, herramientas contables para gastos de difícil previsión, aludiendo a la autonomía de los centros. El TSJCV destacó que esta prerrogativa no implica escapar de mecanismos de control y que se infringió el artículo constitucional que avalaba al diputado para disponer de la documentación. La sentencia ha sido efectiva y el PP ha accedido a decenas de miles de facturas tras organizar la conselleria su traslado.

5 sentencias desde febrero de 2018

Sueldos de maestros para becarios de inglés

Los English Helpers, becarios de inglés que debían ayudar en la impartición de clases en la lengua extranjera, han visto reconocido su derecho a cobrar como maestros, pues se demostró que asumieron sus labores propias. Una sentencia del Supremo abrió la puerta a aquellos que habían presentado recursos en este sentido. Al menos hay cinco fallos, si bien son varios más los pendientes de sentencia. Aunque se trata una figura creada por María José Català, encaja en esta relación desde el momento en el que el conseller Marzà se comprometió en Les Corts, en septiembre de 2015, a pagarles la retribución correspondiente. La promesa no se materializó, obligando a los afectados a pleitear.

La gratuidad selectiva, el protocolo 'trans' y el tratamiento de Religión, pendientes del TSJ

Los asuntos judiciales ante el TSJCV que siguen pendientes de sentencia son numerosos. En cuanto a la asignatura de Religión, el sindicato Apprece CV ha recurrido las instrucciones que sirvieron para rehacer los grupos de alumnos y los horarios docentes, y también ha impugnado los decretos de currículum y organización de Primaria y de Secundaria. En cuanto al primero, abrió la puerta a que los centros redujeran las horas al mínimo (una a la semana), mientras que el segundo obliga a ello en 1º y 2º de la ESO. La organización considera que en ambos casos se contravienen los acuerdos con la Santa Sede.

En relación al de Secundaria, se pidió como medida cautelar que Religión se ofertara en 2º de Bachillerato, a lo que ha accedido el tribunal pese a que no se ha dado en las últimas décadas. Lo mismo solicitó USO CV en su recurso contra el decreto, que por cierto también ha sido impugnado por el Arzobispado.

Además, las patronales Feceval, Escuelas Católicas y Acade han presentado una demanda conjunta contra la gratuidad en las aulas de dos años de las guarderías municipales (la privada queda fuera del plan de ayudas que lo permite), opción que también ha explotado Fsie CV. Además, las dos primeras patronales han impugnado, con Fcapa, la aplicación del protocolo 'trans' de la administración al considerar que invade competencias, en el sentido de que los centros privados atienden a este alumnado conforme a su ideario.

Por último, Stepv, Anpe y Satse han recurrido el protocolo de atención sanitaria en los centros.

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