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Clase en un colegio público de la Comunitat. JL Bort

El Síndic investiga el punto de admisión de algunos colegios tras una queja de las Ampas

Educación defiende la libertad de los centros y recuerda que la inspección se encarga de controlar los criterios elegidos

Redacción

Valencia

Jueves, 6 de junio 2024, 14:29

El Síndic de Greuges ha admitido la queja presentada por la confederación de asociaciones de padres de alumnos Gonzalo Anaya y estudiará la potestad que tienen ahora los colegios de conceder un punto extra en la admisión de nuevos alumnos.

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La Gonzalo Anaya considera ... que este punto adicional puede resultar discriminatorio y el representantes de la entidad, Rubén Pacheco, advierte de que «la circunstancia específica solo serviría para seleccionar alumnos y su aplicación incurre en múltiples discriminaciones por razón de religión o situación social o personal».

La entidad que agrupa a las Ampas sostiene que disponer de trabajo ambos progenitores, que los candidatos sean familiares de exalumnos, que hayan asistido a actividades parroquiales, haber asistido a un centro de ideario católico, haber cursado la etapa no obligatoria (de 0 a 3 años) o haber nacido en la Comunitat Valenciana son, a su entender, «circunstancias específicas discriminatorias».

Por su parte, el conseller de Educación, José Antonio Rovira, resta importancia a las consideraciones de la Gonzalo Anaya y ha incidido en que la circunstancia denunciada «sólo supone un pinto, mientras que otras, como las rentas bajas, las familias numerosas o monoparentales han aumentado hasta los 7 puntos».

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Desde Educación han incidndi en que son los inspectores escolares los que se encargarán de controlar los criterios elegidos.

Además, Rovira ha recordado que los colegios pueden elegir el punto a conceder en el proceso de admisión para el nuevo curso escolar entre 22 criterios propuestos. «Los centros tienen libertad. Las variables son múltiples y pueden elegir lo que consideren, e incluso no aplicar ninguna de las posibilidades. En los centros públicos la decisión corresponde al consejo escolar y en la concentrada, al titular del centro oído el consejo escolar».

Desde el departamento autonómico inciden en que, por ejemplo, han favorecido en esos criterios a las rentas bajas que pasan de 3,5 puntos a 7. «Para el anterior Consell no era un criterio básico, pero consideramos que es prioritario», ha apuntado Rovira.

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Y ha recordado que tener la renta valenciana de inclusión pasa de conceder 4 puntos a 7, y por ser familias monoparentales se ha saltado de 5 puntos a 7.

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