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La Inspección de Trabajo ha reconocido a un trabajador de las antiguas instalaciones de La Fe una compensación económica al admitir que la falta de medidas de prevención en las instalaciones derivó en una sordera ... . Así consta en un acta del organismo consultada por LAS PROVINCIAS. La entidad reconoce un recargo en las prestación, entre un 30% y un 50%, para el perjudicado, hoy ya jubilado.
No es un caso aislado. Al menos otros seis empleados se encuentran en idéntica situación, según Jesús Sanfeliu, abogado de la Asociación de Víctimas de Enfermedades Profesionales y Accidentes de Trabajo. Se da una circunstancia coincidente en todos ellos: desarrollaban su trabajo en el área de calderas.
La representación del afectado informó de que estuvo trabajando en la vieja Fe cerca de dos décadas, hasta abril de 2011. Pero en la zona de calderas sólo hasta 2004, cuando definitivamente dejaron de utilizarse.
La Conselleria de Sanidad no creó la unidad de prevención de riesgos laborales hasta el año 2005. Pero, además, carecía en aquel momento de planes de prevención del puesto de trabajo del accidentado así como las correspondientes evaluaciones del ruido que soportaban estos profesionales. De igual modo, destaca, también por su ausencia, un manual de la caldera y sus especificaciones técnicas sobre la contaminación acústica que pueden generar. Ante la falta de información por parte del departamento autonómico, la Inspección de Trabajo evalúa el informe presentado por un perito contratado por dos trabajadores de las dependencias sanitarias.
El sistema de calderas, alimentado por gas a partir de 1991, lograba agua sobrecalentada. A partir de ahí se dirigía a las turbinas de vapor para la generación de energía para el complejo sanitario. Parte se destinaba a la climatización del propio edificio.
El especialista ha hecho diferentes mediciones, según dos periodos temporales y el modelo de cada una de las calderas. En el primero de los segmentos, que abarcaría hasta 2005, se ha concluido que los trabajadores soportaron una carga acústica seis veces y media superior a la legalmente autorizada. Y todo esto, recuerda el letrado especialista, sin ninguna medida de prevención.
En el segundo periodo analizado, las cifras arrojan una situación similar, aunque la contaminación descendió a 'sólo' 3,2 veces más de lo acordado. Los nuevos aparatos rebajaban el nivel de saturación acústica.
Los hechos han prescrito para la Administración. Es decir, no tendrán sanción económico. Pero estas resoluciones, además de los recargos correspondientes en las prestaciones, abren la puerta a una demanda por daños y perjuicios donde poder reclamar una notable indemnización.
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