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Los alumnos valencianos podrán conseguir a partir de este martes un título oficial y automático de Valenciano por homologación de estudios. Esto es, por haber superado la asignatura propiamente dicha en centros públicos, concertados y privados a lo largo de las diferentes etapas de su escolarización. Y con efectos retroactivos. Se trata de una de las principales medidas de la Ley de libertad educativa del Consell, que tiene como principal objetivo combatir la exención en la materia a través del incentivo, pues el único requisito a cumplir es haberla aprobado.
El Diario Oficial de la Generalitat (DOGV) ha publicado este lunes la resolución en la que se detalla el procedimiento, en la que se recogen las características de la certificación y los supuestos a tener en cuenta. No habrá coste para los interesados, existirán dos vías para conseguir el título y no se fija ningún plazo límite para la solicitud. Y dependiendo del año de graduación, es posible que el alumno tenga que aportar documentación sobre su expediente académico.
El presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, ha dado a conocer el alcance de la medida durante la presentación de los actos instituciones con motivo del 9 d'Octubre, señalando que más de 337.000 estudiantes de las últimas dieciséis promociones han cumplido el requisito para disponer de un B2 (169.283) o un C1 (168.500), lo dos niveles más altos que se certificarán tras el Bachillerato o la selectividad. Lo podrán pedir en las próximas horas, siempre que no lo hayan conseguido previamente a través de las pruebas específicas. Y si no se requiere documentación adicional, el plazo mínimo de expedición es de 48 horas.
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«Lo hacemos porque es justo, como reconocimiento a sus esfuerzos y conocimientos, y como una línea de apoyo, incentivo y promoción del valenciano, acabando con una etapa de imposición que sólo lo alejaba en lugar de acercarlo», ha dicho el jefe del Consell, justo antes de hacer un llamamiento a los alumnos de las zonas castellanohablantes para que no soliciten la exención, atendiendo a las ventajas que dará la evaluación de la asignatura.
Los datos son, en realidad, de mínimos, pues la ley establece una escala progresiva de niveles, ya que el título de Valenciano dependerá de hasta dónde haya llegado el interesado con sus estudios. Es una manera de cubrir la mayor parte de casuísticas posibles, pues aunque la mayoría de estudiantes consiguen su título de la ESO o de Bachillerato, también se dan situaciones (minoritarias) en las que se abandonan los estudios sólo con la Primaria, se opta por encaminarse hacia la Formación Profesional (una opción cada vez más habitual) o se pide la exención de cara a Bachillerato, pero no en los niveles previos. Por no hablar de alumnos que cambiaron de residencia durante su formación y han vuelto a la Comunitat, por lo que les puede interesar disponer de un título oficial que hacer valer en su currículum.
Diferentes certificados
Los niveles a acreditar irán desde el A1, que obtendrán aquellos estudiantes que hayan superado los módulos correspondientes en las enseñanzas para adultos, hasta el C1, que se expedirá a los que lleguen al notable en Bachillerato (exactamente al menos a un siete sobre diez de promedio entre 1º y 2º) o en el examen de la materia de la selectividad. Entre medias se podrá certificar un A2 si sólo se tienen estudios hasta Primaria, siempre con la asignatura de Valenciano aprobada entre 1º y 6º, el B1 en caso de haberla superado en los cuatro niveles de la ESO (o en tres de los cuatro y en 1º de Bachillerato) y el B2 para los que la aprueben en esta última etapa obligatoria (es decir, con un promedio de entre 5 y 6,9).
Además de los próximos titulados, la certificación por estudios cursados tiene efectos retroactivos, cubriendo hasta dieciséis promociones de alumnos (los al menos 337.000 citados por Mazón). Para el A1 y el B1 el último curso incluido es el 2008-2009, y para el resto, el 2009-2010. Los ejercicios no son casuales, pues se refieren a la aplicación completa de la Ley Orgánica de Educación de 2006. Y es que se ha considerado que las competencias orales y escritas en lenguas que se exigieron con esta ordenación académica ya eran equiparables a las del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que es el que recoge, a nivel internacional, las destrezas que se presuponen para cada uno de los niveles.
La resolución que regula el procedimiento establece dos vías distintas, que dependerán de la promoción a la que pertenezca el interesado. En ambos casos el resultado será el mismo: la administración, de oficio, inscribirá el certificado en el registro de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (JQCV) y el solicitante recibirá su título en formato digital en el correo electrónico.
Del 2024-2025 en adelante
Para los estudiantes que cumplan el requisito al final de este curso y en los venideros, toda la tramitación la realizará el equipo directivo de su centro. «Una vez cerradas las actas de la evaluación final ordinaria, y de la extraordinaria en el caso de Bachillerato, la dirección consultará en el sistema de información Ítaca -al que ya están incorporados todos los centros- la relación de alumnado propuesto y procederá a su validación», dice el documento, en referencia al sistema de gestión educativa de la Generalitat.
Una vez haya sido registrado en la JQCV, el sistema remitirá directamente la copia digital al email del alumno que figure en Ítaca en caso de ser mayores de edad (todos tienen una dirección asignada). Si son menores, llegará al correo de los padres que aparezca en el sistema gestor. Puede ser, por ejemplo, el que esté asociado al portal Web Familia. En cualquier caso, los centros docentes «adoptarán las medidas oportunas para solicitar al alumnado, o a sus representantes legales, que dispongan de su dirección de correo electrónico actualizada en Ítaca», precisa la resolución.
Cursos anteriores
Para las promociones anteriores (los 337.000 alumnos, incluidos los del curso 2023-2024), será necesario presentar una solicitud por parte del interesado o de los progenitores, preferentemente por vía telemática. En caso de que no quieran o puedan (por falta de medios, del certificado o firma digital que se requieren para estos procesos o de los conocimientos necesarios), también podrán dirigirse a un registro presencial de la Generalitat.
Una vez iniciado el expediente administrativo, si las calificaciones en Valenciano figuran en Ítaca se incorporarán directamente a la tramitación, sin más intervención del solicitante. Si están incompletas o no aparecen (algo más probable en centros concertados y privados, que se incorporaron más tarde a la plataforma de la Generalitat), el interesado deberá aportarlas, para lo que será necesario dirigirse a su centro de estudios si no disponen ya de una copia. Valdrá un certificado del centro o el historial académico. Si la copia tiene firma digital será más sencillo (bastará con subirla a la aplicación informática), pero si sólo existe en soporte papel no tendrá más remedio que aportarla presencialmente. En cualquier caso, se le puede requerir que también presente el original para comprobar su autenticidad. Y si falta alguna información, será informado para que la aporte en un plazo de diez días, pues en caso contrario se desestimará la petición.
Tras la selectividad
Los estudiantes que opten a un certificado en función de la calificación obtenida en selectividad (sean de cursos pasados, del actual o de los venideros) tendrán que pasar sí o sí por la segunda vía. Es decir, presentar una solicitud telemática. Dicho de otra forma, la expedición de oficio por parte de los centros sólo alcanzará hasta los niveles de Bachillerato y para los estudios de adultos.
Esto se debe a que las calificaciones ya no dependen de los centros de enseñanza, sino que las gestiona la comisión gestora que se encarga de las Pruebas de Acceso a la Universidad (PAU). Y se aplicarán los mismos criterios. Si Ítaca tiene la información -existe un módulo específico de las PAU- no será necesario hacer nada más. De lo contrario, habrá que aportar el expediente de selectividad, que actualmente ya llega a todos los aspirantes en formato digital.
Generaciones previas
Para los alumnos de generaciones anteriores al 2008-2009, como los que se formaron bajo el paraguas de la Logse o de la Ley General de Educación (EGB, BUP y COU), seguirá rigiendo el procedimiento de los últimos años, que permite obtener, previa solicitud del interesado, un nivel B1 por homologación de estudios. Eso sí, siempre que se trate de estudios realizados a partir de la entrada en vigor de la Ley de Uso y Enseñanza del Valenciano (noviembre de 1983).
Lo pueden pedir los que superaron la asignatura durante la EGB (de 1º a 8º), en al menos tres niveles del BUP y el COU o entre 3º de la ESO y 2º de Bachillerato o quienes superaron diferentes cursos de la antigua ordenación de la Formación Profesional. Para acreditar las calificaciones no servirán boletines de notas, sino el libro de escolaridad, un certificado del centro o el historial académico del alumno expedido también por la escuela. En este caso, toda la tramitación es presencial.
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