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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) ha rechazado el último recurso presentado por la Conselleria de Educación en el que se solicitaba una aplicación de la suspensión cautelar distinta a la decretada por el tribunal. Según fuentes de la institución, también se le condena al pago de 350 euros en concepto de costas.
El recurso se dirigió contra la resolución que establecía la necesidad de volver al decreto plurilingüe de 2012 tras la suspensión cautelar conocida en mayo. Educación pedía que esta sólo afectara a la disposición adicional que regula las acreditaciones de idiomas, que había quedado anulada en una sentencia conocida a finales de julio, de manera que el resto del articulado se mantuviera en vigor. Si se hubiera aceptado, habría implicado continuar adelante con la mayor parte del modelo plurilingüe, como los niveles elegidos por los centros e incluso la vinculación entre el peso del valenciano y el del inglés. Este recurso fue presentado el 31 de julio, pero no se pidió que fuera resuelto en agosto, como debía haber hecho la parte. Marzà justificó el decreto ley de principios de septiembre, que le permite mantener la filosofía de la norma suspendida en 1º de Infantil, en que no había obtenido respuesta del tribunal y en que así se evitaba una nueva matriculación
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