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La Universitat Politècnica de València ha tenido que pagar 122.166 euros en cumplimiento de una sentencia en relación a un proyecto de investigación sobre producción de plantas al haber prescrito el plazo para que el responsable del mismo respondiera con su patrimonio. Así se desprende de un informe de la Agencia Valenciana Antifraude al que ha tenido acceso LAS PROVINCIAS, que culpa a la UPV de no haber actuado «de forma diligente» y «en tiempo y forma» para evitar la situación.
Las pesquisas se iniciaron tras tener conocimiento del fallo judicial, que en octubre de 2020 condenó a la universidad a pagar 101.239 euros «en concepto de daños y perjuicios, más los intereses de demora y las costas procesales -llegando a los 122.166- por la defectuosa gestión económica y técnica del profesor responsable del proyecto», denominado Desarrollo de un procedimiento para la producción de plantas doble haploides androgénicas en cáñamo. El conflicto se inició a raíz de una denuncia por incumplimiento de un contrato de colaboración rubricado con una empresa de semillas para el desarrollo del mismo.
Según el relato de la Agencia, en julio de 2021 el rector de la universidad acordó iniciar una primera investigación para esclarecer los hechos relatados en la sentencia, decidiéndose además anticipar el pago de la cuantía mediante el fondo de sostenibilidad asociado al profesor. Se trata de una herramienta creada por la UPV que se nutre tanto de remanentes no afectados (dinero disponible para cubrir gastos) de las actividades de cada responsable investigador y de aportaciones de la universidad, aspecto que destaca Antifraude en el sentido de que se nutre parcialmente de fondos públicos.
Con posterioridad, en marzo de 2022, la institución inició un nuevo expediente, este ya para determinar «la existencia de dolo, culpa o negligencia grave» del profesor. Se cerró en junio del mismo año, estimándose la conveniencia de iniciar un procedimiento disciplinario y otro de responsabilidad patrimonial tras considerar el órgano instructor que sí incurrió en una negligencia grave como investigador principal y responsable económico del proyecto. La propuesta de resolución llegó en octubre de 2022.
Sin embargo, el 7 de noviembre del mismo año el rector emitió una resolución acordando el archivo de las actuaciones practicadas «por haber transcurrido el tiempo de prescripción para las faltas graves». Se alegó en este sentido que el plazo, de dos años, se habría cumplido a partir de agosto de 2020, «cuando estaba en curso el proceso judicial en el que la universidad defendía su actuación frente a las acusaciones de la (empresa) demandante». Es decir, se pasó el tiempo mientras el asunto no se había fallado.
La Agencia, en base a la documentación analizada, recela del argumento, alegando que la universidad ya era conocedora en febrero de 2018 de las irregularidades que acabaron judicializadas, cuando la empresa las trasladó por email al vicerrector de Investigación tras una reunión previa. «En ausencia de respuesta» se optó por realizar un requerimiento mediante un burofax en junio del mismo año.
«Se puede comprobar cómo en 2018 la UPV tuvo conocimiento de las irregularidades cometidas por el profesor responsable del proyecto y aun así no inició un expediente de actuaciones previas para el esclarecimiento de los hechos relacionados con la sentencia del 14 de octubre de 2020 hasta el 29 de junio de 2021», dice el informe. «No obstante, en ese expediente parece que no se esclarece la existencia o no de dolo, culpa o negligencia», dado que el 14 de marzo de 2022 se inicia otro procedimiento, este ya para la determinación de la existencia de responsabilidad grave del responsable, que finaliza con la apertura del expediente disciplinario y de responsabilidad patrimonial que acaba decayendo.
A juicio de la Agencia, en 2018 se debería haber iniciado ya un expediente que analizara las posibles responsabilidades, y que no hacerlo «ha provocado la prescripción de las infracciones cometidas», por lo que no ha actuado «de forma diligente» al no haberlo iniciado «en tiempo y forma». Incluso llega a hablar de «pasividad» de los responsables de la UPV y de «incumplimiento del deber de actuar establecido en la normativa».
La Politècnica, por su parte, alegó que actuó conforme a la normativa, que no consideró en 2018 que de la información de la empresa se desprendieran irregularidades y que creyó en el buen hacer del investigador y en el normal desarrollo del contrato, actuando una vez conocida la sentencia condenatoria. «Cuestión distinta y que nada tiene que ver con la falta de diligencia o pasividad es que la prescripción en el ámbito administrativo es una causa de extinción de las responsabilidad que responde al principio de seguridad jurídica reconocido en la Constitución», se defendió en las respuestas dadas a la Agencia.
Desde la universidad han preferido «no entrar a valorar» el dictamen de la Agencia, si bien insisten «en su legítimo derecho a defender una actuación impecable», en referencia a su posicionamiento en el proceso judicial. «Nadie pone en duda que la actividad científica supone a veces refutar las hipótesis planteadas. Este es el origen del conflicto», añaden, refiriéndose a que el proyecto no dio los resultados esperados por la empresa. «Y las desavenencias entre las instituciones se resuelven en ocasiones por la vía judicial como lamentablemente y de manera excepcional para la UPV ha sido el caso».
Por último añaden que se ha acatado y afrontado la resolución del juez y que se ha acordado con el profesor responsable el asumir un calendario de pagos en diez años recurriendo al fondo de sostenibilidad.
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