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Vista de los juzgados de Catarroja. V. Martínez
Reseñas en Google | Una valenciana, condenada por publicar una reseña en Google con críticas a una empresa de reparto de carne

Una valenciana, condenada por publicar una reseña en Google con críticas a una empresa de reparto de carne

Un juzgado de Catarroja considera que se ha lesionado el derecho al honor de la mercantil

Redacción

Valencia

Jueves, 24 de noviembre 2022, 13:48

Cuidado con lo que se escribe en internet y redes sociales. Puede pasar factura como le ha ocurrido a una valenciana. Y es que una sentencia de un juzgado de Catarroja ha condenado a Andrea C. T. por publicar una reseña en Google criticando a una empresa.

Los hechos comienzan cuando la condenada publica un comentario sobre una empresa en Google. En ella señala que la atención por parte de la firma que posteriormente la ha demandado ha sido «pésima. Se equivocan en pedidos grandes para hostelería, estafan ya que te cobran producto que no te sirven y encima te dejan colgado con los pedidos diciendo que ya no sirven por tu zona. Sinvergüenzas es poco».

Es una firma que se dedica al comercio al por menor de carne y productos cárnicos en establecimientos especializados y al por mayor en actividades de apoyo a las empresas con estos productos. Esta mercantil no ha dudado en demandar a la autora de estos comentarios y al final ha ganado.

Lo que está claro es que la condenada ha tenido algún problema con esta empresa y se ha dejado llevar por la pasión en el momento de escribir la reseña. Pero estos excesos se pueden pagar como le ha pasado a Andrea que ha visto como un juzgado la ha condenado.

Por un lado, el fallo considera que se ha cometido «una intromisión ilegítima en el honor de la demandante» con esta publicación. Además, por la sentencia Andrea tendrá que borrar la reseña en Google (algo que no es tan sencillo porque conlleva un proceso complicado).

Por otra parte, tendrá que colgar un nuevo comentario en Google sobre la empresa en la que tendrá que indicar que el comentario que había sido publicado no es cierto y además deberá publicar el fallo en LAS PROVINCIAS.

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