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HÉCTOR ESTEBAN
Miércoles, 28 de julio 2021
valencia. Las obras de ampliación del Hospital Clínico de Valencia acumulan traspié tras traspié. Si la paralización de los trabajos es un hecho, ahora el Consell Jurídic Consultiu ha firmado un dictamen en el que advierte a la Conselleria de Sanidad de que no procede ... la resolución de un contrato que el área que dirige Ana Barceló quiere anular con argumentos poco sostenibles, según el órgano consultivo de la Generalitat.
La conselleria quiere anular el contrato de la redacción de proyectos con la UTE AIC Equip-FJ Jiménez Arquitectura-Algescon Levante, que fue adjudicado por 736.975 euros (IVA excluido). Las razones, dos: Sanidad apunta la imposibilidad de la adjudicataria de ejecutar el contrato en los términos acordados y argumenta que el interés público obliga a tomar esta decisión.
La subsecretaría de la Conselleria de Sanidad inició el 10 de marzo la resolución del contrato y dos semanas después la UTE presentó el escrito de alegaciones. Los trabajos pendientes por ejecutar en ese momento ascendían a casi 360.000 euros y por la resolución del contrato la conselleria sólo ofrece una indemnización de 21.548 euros.
La ampliación el Clínico se iba a ejecutar en dos fases pero debido a la pandemia, Sanidad pensó ejecutarlas de manera simultánea y por eso «resulta necesaria la resolución».
La UTE alegó contra esta decisión y argumentaron que han cumplido con todo el trabajo, que no hay motivo para unificar las dos fases y que en aquel momento la situación de la pandemia no justificaba la resolución del contrato. La adjudicataria entiende que las dos fases -construcción de uno nuevo y reforma de uno ya existente- no tienen nada que ver, mantiene que no existe imposibilidad de ejecutar el contrato y rechazan la indemnización propuesta -si se resolviera el pago debería ser de los 360.000 euros pendientes-.
El contrato se adjudicó mediante una tramitación ordinaria y los plazos se demoraron hasta en tres ocasiones «por causas no imputables al contratista». La Conselleria de Sanidad, en cambio, defendía la unificación de las dos fases «en aras de una mayor eficacia y para facilitar la máxima celeridad de las obras de construcción y reforma».
Pero el dictamen del Consell Jurídic Consultiu, firmado el pasado 22 de junio, es muy claro: «Unificar las dos fases no justifican la imposibilidad de ejecutar el contrato. No consta informe alguno que acredite dicha imposibilidad, o que se justifique por motivos técnicos, económicos o sanitarios». El Jurídic apunta que el encargo ya está ejecutado al 48%.
Además, advierte que la Administración tiene la potestad de resolver un contrato, según el artículo 1.124 del Código Civil, pero sólo podrá aplicarlo «cuando el interés público así lo aconseje». El Consell Jurídic entiende que está decisión por parte del órgano público «no se puede usar de manera arbitraria y abusiva».
La Conselleria de Sanidad, según el Jurídic, «no justifica razones de interés público, no alega causas técnicas, constructivas o sanitarias que motiven la decisión, por lo que el desestimiento unilateral carece de motivación jurídica para ser apreciado». Además, tampoco ha probado qué ventajas de carácter económico podría tener la resolución del contrato. Es más, el Jurídic estima que se gastaría más dinero con la indemnización.
El órgano consultivo de la Generalitat entiende que no se sustenta de ninguna manera la anulación parcial del contrato.
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