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Ciudad de la Justicia de Valencia. Damián Torres
La Audiencia Provincial ratifica el archivo de la causa del Centro de Día de la Font de la Figuera

La Audiencia Provincial ratifica el archivo de la causa del Centro de Día de la Font de la Figuera

El tribunal desestima el recurso de apelación presentado por el grupo municipal del PP al no ver indicios penales en la actuación de la compra del solar donde se ubica

B. González

La Font de la Figuera

Lunes, 23 de enero 2023, 17:22

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el grupo popular del Ayuntamiento de la Font de la Figuera contra el auto del Juzgado de Instrucción número 4 de Xàtiva de sobreseimiento de las actuaciones de la causa por la compra del solar donde se ubica el Centro de Día.

La causa se inició por la denuncia del PP contra el alcalde de la Font, Vicent Muñoz; la concejala Purificación Lluch; el arquitecto y la secretaria en ese momento del Ayuntamiento por la que se impugna la adquisición directa del solar, por procedimiento inadecuado y del que denuncian prevaricación.

El Auto que se recurre ante la Audiencia, de fecha 17 de noviembre de 2022, aunque reconoce la comisión de irregularidades en el procedimiento que dio lugar a la nulidad del procedimiento de la adjudicación de compra directa, no ve ilícito penal porque "no consta que respondiese a un pacto privado y clandestino concertado entre el propietario y los investigados con carácter previo a la incoación del expediente".

Rechazo de las once alegaciones

El tribunal rechaza cada una de las alegaciones esgrimidas por el PP en su recurso. Entre las alegaciones presentadas, se argumenta un posible "montaje" de la compra del solar y que el alcalde, Vicent Muñoz, habría decidido de forma privada y al margen de sus competencias municipales su adquisición. Al respecto, el tribunal asegura que no hay "indicios contundentes, de naturaleza y sustantividad objetiva penal identificables con el soporte fáctico de un delito".

Tampoco dice compartir "la consideración que hace el recurrente sobre elaboración de informes y actuaciones falseadas y torticeras para justificar la compra directa del bien", porque desde la dirección general de Servicios Sociales se informa que la disponibilidad del solar era necesario para acceder a la subvención; que en Diputación figura la aprobación de dicha subvención y la puesta en duda de su ejecución queda resuelta porque el Centro de Día está ya construido; además de que había razones objetivas para comprar ese solar por ser colindante con otro de titularidad municipal.

En su recurso, también los populares ponían en duda la legalidad del nuevo procedimiento por el que se rehízo el expediente de compra-venta ajustándolo a los criterios que justificarían esa compra directa. "Pese a la insistencia del recurrente, no se está ante una puesta en ejercicio de la voluntad particular del alcalde para comprar un solar. Por el contrario era una compra posible y, además y, por un procedimiento administrativo que no se ha acreditado como inviable", argumenta el tribunal.

Insiste además en sus fundamentos, que "las irregularidades que el recurrente pretende demostrar en los sucesivos pasos del procedimiento son déficit de calidad del trabajo exigible en los hitos progresivos del trámite administrativo", pero que "no existe prueba alguna de que sea una decisión firme previa y consumada, por más que en sede municipal no se haya actuado con la calidad demandable en el procedimiento administrativo".

La Audiencia también exculpa a la arquitecto y al secretario municipales de entonces. La primera de falseamiento. "Nada apunta a que en la causa obre información que avale que actuó al dictado del alcalde para emitir los informes dando cobertura a una decisión en firme previamente tomada", señala respecto a la primera y sobre el secretario, la Sala tampoco considera que se prestara a una "farsa".

Sobre la presunta actuación copartícipe de la concejala de Per La Font, Purificación Lluch, los magistrados de la sala tercera de la Audiencia Provincial, aseguran que en la medida de que "de los principales protagonistas no se considera susceptible de relevancia penal alguna, resulta estéril evaluar en qué medida el apoyo prestado en la votación de junta de gobierno de la concejal pueda alcanzar entidad delictiva".

Por tanto, los tres magistrados acuerdan desestimar el recurso del PP y confirman el sobreseimiento de la causa.

Con esta es la segunda resolución a favor del alcalde de la Font de la Figuera, tras la absolución también por parte de la Audiencia Provincial, tras la denuncia por contratación irregular a una periodista interpuesta por el Partido Popular de la localidad.

Precisamente, la pasada semana el director general del Instituto de Atención Social-Sanitaria (IVASS), Ramón Orozco, visitaba el Centro de Día para comprobar las necesidades de equipamiento con intención de hacer efectiva su apertura lo antes posible.

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