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Rafael Louzán, tras ser elegido presidente de la RFEF. REUTERS
Quién es y por qué está condenado Rafael Louzán, nuevo presidente de la RFEF

Quién es y por qué está condenado Rafael Louzán, nuevo presidente de la RFEF

El gallego está pendiente de la sentencia del Tribunal Supremo el 5 de febrero tras ser declarado culpable de prevaricación, que en el caso de que sea desfavorable provocará que haya elecciones de nuevo

Jorge Zarco

Valencia

Lunes, 16 de diciembre 2024, 17:06

Rafael Louzán ha sido elegido este lunes nuevo presidente de la Real Federación Española de Fútbol, aunque está a expensas de la sentencia del Tribunal Supremo después de haber sido condenado por prevaricación cuando era presidente de la Diputación de Pontevedra. De este modo, si la resolución prevista para el 5 de febrero ratifica la condena, habrá que convocar elecciones de nuevo.

Nacido en Ribadumia, Pontevedra (21-11-1967), Louzán era vicepresidente de Pedro Rocha y considerado como su hombre fuerte, además de presidente de la federación gallega desde 2014.

Por otro lado, cuenta con una extensa carrera política. Arrancó como bedel en el ayuntamiento de su pueblo y más tarde se convirtió en concejal, miembro de la Diputación de Pontevedra, vicepresidente y más tarde presidente durante 13 años, hasta que en 2015 se marchó a la federación gallega de fútbol que ya mandaba desde hace un año.

En 2022 fue condenado por prevaricación por la Audiencia Provincial de Pontevedra por conceder a una empresa una subvención de 86.311 euros para unas obras de mejora del campo de fútbol de Moraña que en su mayor parte ya estaban ejecutadas. En consecuencia, está inhabilitado durante siete años para ejercer cualquier cargo público.

Louzán ha sido el candidato de consenso de las federaciones territoriales y ha contado con el firme apoyo de Javier Tebas, presidente de LaLiga. Sin embargo, cuenta con la animadversión del Consejo Superior de Deportes (CSD), que podría inhabilitarlo si le denuncia al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) por incumplir los estatutos de la RFEF en los artículos 19.4 y 24, que señalan que no está permitido tener un cargo federativo si se está inhabilitado para tener cargos públicos, como así ocurre.

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