X. M.
Sábado, 6 de diciembre 2014, 00:27
Los casos de jueces que en primera instancia fallan a favor del cliente y decretan la anulación del contrato de suscripción de acciones aún son muy contados. Según explicó ayer la entidad a este periódico, actualmente los juzgados valencianos fallan su favor en una proporción de 70 a 30, algo que previsiblemente cambiará en el futuro con la jurisprudencia que acaba de establecer la Audiencia de Valencia.
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Uno de los casos en los que el juzgado sí da la razón al cliente y obliga a devolver el dinero invertido en los títulos data del pasado 6 de noviembre, cuando un juez de primera instancia de Valencia obligó a Bankia a devolver a un matrimonio de Carcaixent 6.000 euros en acciones debido a una información no veraz sobre la solvencia del banco.
El titular del juzgado de Primera Instancia número 1 de Valencia anuló la adquisición de las acciones por vicios en el consentimiento (error y dolo civil). El magistrado recuerda que, cuando invirtieron, a los clientes se les mostró un folleto de la OPS en el que la entidad resultante de la fusión de Caja Madrid, Bancaja o tras cinco cajas decía tener unos beneficios millonarios.
La clave de la sentencia es precisamente el uso por parte de la entidad financiera de una información contable que no se correspondía con los beneficios reales de la entidad, tal y como se puso de manifiesto con la posterior reformulación de las cuentas que arrojó pérdidas de casi 3.000 millones frente a los 309 de beneficios que declaró tener en su salida a Bolsa.
Según se subraya en la sentencia, aunque los clientes hubieran sido unos expertos inversores, la información falseada habría inducido al mismo 'vicio de consentimiento'. Este error no era imputable a los demandantes, que sólo podía obtener la información que la propia entidad le facilitaba, y tampoco era excusable porque no tuvo manera de evitarlo.
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Así las cosas, el juez declaró nulo el contrato de suscripción de los títulos por dolo al proporcionar una información contable errónea y obligó a la entidad a devolver los 6.000 euros invertidos más los intereses legales.
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