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Cómo descargar el borrador

Cómo confirmar el borrador de la Renta 2014

El borrador se puede obtener, directamente, por Internet, desde el 7 de abril hasta el 30 de junio de 2015

LASPROVINCIAS.ES

Lunes, 13 de abril 2015, 08:57

La campaña de la declaración de la Renta 2014 (la que se realiza en el año 2015) se inicia con la apertura del plazo para obtener y confirmar el borrador. Aquí puedes consultar cómo obtener el borrador de la Renta 2014.

Aquí puedes ver el calendario de la Renta 2014, así como los teléfonos de atención, cómo realizar la cita previa o cómo utilizar el simulador para realizar la declaración de la Renta. El programa PADRE se podrá descargar cuando comience la campaña de la Renta, en abril de 2015.

Cuándo pedir el borrador de la Renta 2014

El borrador se puede obtener, directamente, por Internet, desde el 7 de abril hasta el 30 de junio de 2015, entrando en RENTA 2014 y pulsando el icono amarillo "RENØ".

Si se solicitó el borrador por correo ordinario (marcando la casilla 110 del borrador o de la declaración de Renta 2013), la Agencia Tributaria lo remitirá, a partir del mes de mayo, al domicilio fiscal, salvo que antes se haya visualizado por Internet.

Cómo pedir el borrador de la Renta 2014

Por Internet, con certificado electrónico o DNIe, con el número de referencia del borrador o de los datos fiscales, o con Cl@ve PIN, desde el 7 de abril hasta el 30 de junio de 2015.

Por correo ordinario, si marcó la casilla 110 del borrador o de la declaración de Renta 2013.

Para obtener el número de referencia se debe proporcionar la siguiente información:

NIF/NIE

Casilla 415 de la Renta 2013

Número de teléfono móvil

La Agencia Tributaria enviará al teléfono indicado, un SMS con el número de referencia que permitirá consultar, modificar y confirmar el borrador, descargar los datos fiscales al programa PADRE y presentar la declaración por Internet.

Pasos a seguir:

Acceda al icono amarillo "RENØ" en la pantalla inicial de este portal.

En la primera pantalla, teclee el NIF/NIE, primer apellido y la casilla 415 de Renta 2013 (para no declarantes de Renta 2013 y contribuyentes con casilla 415 igual a cero, se pedirá el código cuenta cliente de una cuenta bancaria de la que se sea titular).

A continuación, se accede a una pantalla con información sobre el estado de tramitación del borrador/datos fiscales, la modalidad de tributación (individual o conjunta) y la lengua de emisión. Si el borrador no ha sido emitido, se permite cambiar la opción de tributación y la lengua de emisión. En esta misma pantalla se solicitará el número de teléfono móvil en el que se desea recibir el número de referencia. Teclee de nuevo el número de teléfono. Pulse "continuar". A continuación pulse "Aceptar", si los datos son correctos.

Tras esta operación y en breves instantes, recibirá en el móvil indicado el número de referencia por SMS.

A continuación podrá visualizar e imprimir su borrador y, en su caso, continuar con su tramitación.

¿Cómo presentar o confirmar el borrador A DEVOLVER?

Por Internet, entrando en "Renta 2014", en el Icono azul "BORRADOR". Puede hacerlo con su NIF y con el número de referencia facilitado por la Agencia Tributaria o con la Cl@ve PIN o con certificado o DNI electrónico.

Enviando un SMS al número 638444147 con el siguiente texto:

Declaración individual: RENTA (espacio) nº justificante (espacio) NIF/NIE

Declaración conjunta: RENTA (espacio) nº justificante (espacio) NIF/NIE primer declarante (espacio) NIF/NIE cónyuge.

Por teléfono, en el 901 12 12 24 (24 horas) o en el 901 200 345 (de lunes a viernes de 9 a 21 horas).

En los cajeros automáticos, banca electrónica o banca telefónica, o cualquier otro sistema no presencial de las entidades colaboradoras que prestan este servicio.

En cualquier oficina sita en territorio español de una entidad colaboradora autorizada (Bancos, Cajas de Ahorro o Cooperativas de Crédito), en la que el contribuyente tenga la cuenta señalada para la devolución.

En las oficinas de la Agencia Tributaria o en las habilitadas por las Comunidades Autónomas, Ciudades con Estatuto de Autonomía o Entidades locales.

AVISO: si el borrador es a devolver y se renuncia a la devolución, solamente puede confirmarse el borrador por Internet, por teléfono o en las oficinas de la Agencia Tributaria.

¿Cómo presentar o confirmar el borrador A INGRESAR?

Con domiciliación bancaria del pago:

Por Internet, entrando en www.agenciatributaria.es, Campaña de Renta 2014, pinchando en el Icono azul BORRADOR. Puede hacerlo con su NIF, el número de referencia facilitado por la Agencia Tributaria o con la Cl@ve PIN.

Mediante llamada telefónica al 901 200 345.

En las oficinas de la Agencia Tributaria o en las habilitadas por las Comunidades Autónomas, Ciudades con Estatuto de Autonomía o Entidades locales.

Sin domiciliación:

Por Internet, entrando en www.agenciatributaria.es, Campaña de Renta 2014, pinchando en el Icono azul BORRADOR, o bien, en la Sede electrónica, si dispone de firma electrónica, ya sea mediante certificado electrónico o DNI electrónico. También puede presentar el borrador a ingresar, con el número de referencia del borrador o de los datos fiscales, o utilizando la Cl@ve PIN, pero previamente se debe realizar el ingreso (mediante adeudo en cuenta o en efectivo), en una entidad financiera y obtener el NRC (Número de Referencia Completo).

Para obtener el NRC, una vez confeccionada la declaración,

Diríjase a su entidad financiera.

Ordene el pago de la cuota del IRPF 2014.

Aporte los siguientes datos:

Importe exacto de la cuota (con decimales)

Modelo de declaración: 100

Ejercicio: 2014

Período: 0A (cero A)

La entidad financiera realizará el cargo del importe indicado en su cuenta, proporcionándole a continuación el NRC, número que justifica el pago del impuesto. Ese NRC es el que debe consignar en la pantalla de presentación de la declaración.

En los cajeros automáticos, banca electrónica o banca telefónica, o cualquier otro sistema no presencial de las entidades colaboradoras que presten este servicio.

En cualquier oficina sita en territorio español de entidad colaboradora autorizada (Bancos, Cajas de Ahorro, o Cooperativas de Crédito) en la que disponga de cuenta.

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