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Recinto de Feria Valencia.

La Generalitat se queda con la presidencia de Feria Valencia que tenía el Ayuntamiento

Los cinco miembros de la Conselleria de Hacienda podrán tomar todas las decisiones del consorcio sin necesidad de los tres votos de la alcaldía

Julián Larraz

Miércoles, 20 de mayo 2015, 21:57

La Conselleria de Hacienda tendrá la presidencia del consorcio de Feria Valencia y sus cinco representantes contarán con todo el poder dentro del consorcio. El Ayuntamiento de Valencia, con una vicepresidencia y dos miembros más, carecerá de peso para poder vetar ni siquiera los aspectos más estratégicos como la modificación de los estatutos. Las decisiones se tomarán con mayorías simples de manera que los tres votos de la alcaldía no serán determinantes.

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Según el borrador de los nuevos estatutos de Feria Valencia al que ha tenido acceso LAS PROVINCIAS, el consorcio público en el que se convertirá el recinto ferial estará formado por la Generalitat y el Ayuntamiento de Valencia. El principal órgano de dirección actual, el patronato, está formado por 35 miembros y la alcaldía de Valencia ostenta la presidencia. Los nuevos estatutos exponen que la junta de gobierno tendrá ocho miembros. La presidencia recaerá sobre "la persona titular de la conselleria competente en materia de Hacienda". El vicepresidente primero será el "titular de la alcaldía del Ayuntamiento de Valencia". A partir de ahí, se reparte seis vocales con voz y voto de los cuales cuatro serán nombrados por el presidente y los otros dos por el vicepresidente primero.

De este modo, el reparto de fuerzas queda con cinco miembros para la Conselleria de Hacienda y tres para el Ayuntamiento de Valencia. El punto cinco del artículo 10 del borrador de los estatutos dice: "Para la válida celebración de las sesiones será necesaria la asistencia de la mitad más uno de los miembros que lo componen". De este modo, con los cinco de la Generalitat se podrán celebrar las dos reuniones ordinarias a las que obligan los estatutos así como todas aquellas que se convoquen con carácter extraordinario.

La clave está en el punto seis de dicho artículo: "La junta de gobierno adoptará sus acuerdos por mayoría simple de los miembros presentes o representados". Para los casos más determinantes como "la incorporación de nuevas entidades al Consorcio y la determinación de los representantes que correspondan en los órganos de gobierno, la aprobación de la propuesta de modificación de los presentes Estatutos y la disolución del Consorcio Feria Valencia" será necesario una mayoría absoluta, lo que significa un mínimo de cinco votos. No aparece el concepto de mayoría cualificada, que se recogen en otros estatutos, y cuyo objetivo es que para las cuestiones más estratégicas como las anteriormente citadas sea necesario el beneplácito de los socios minoritarios.

Ocho miembros sin voto

La junta de gobierno contará con otros ocho miembros con voz pero sin voto. Se tratará del director general del consorcio, que podrá actuar a su vez como secretario general de la misma con las funciones que se le atribuyen en el artículo 16 de los estatutos, el secretario general, el presidente del comité ejecutivo y cuatro representantes que nombrarán la Cámara de Comercio de la Comunitat, el Consejo de Cámaras de Comercio de la Comunitat, Cierval y la Diputación de Valencia.

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