A. Rallo
Viernes, 29 de abril 2016, 10:58
La Audiencia ha archivado el caso de los sobresueldos que recibió el expresidente del Puerto de Valencia, Rafael Aznar, durante su etapa al frente del Puerto de Valencia. La fiscalía llegó a pedir cinco años de prisión por estas retribuciones, que consideraba incompatibles. Un funcionario no puede recibir dos sueldos con origen en fondos públicos.
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El sobreseimiento afecta también a otros dos directivos del recinto portuario y a un abogado del Estado. La sala ha resuelto a favor de los procesados su recurso al auto de procedimiento abreviado.
La decisión de la Sala supone un duro varapalo a la instruccion practicada por el juzgado de Instrucción número 14 de Valencia y a las tesis que sostenía la fiscalía en su escrito de acusacion. Rechaza la Sala que Aznar creara una estructura en la empresa Valencia Plataforma Intermodal con este propósito. Es más, dice que las actuaciones no contienen ningún indicio en este sentido. El auto recoge también que los directivos pudieron realizar trabajos para la sociedad VPI, participada en su mayor parte por fondos públicos. Critica la Audiencia que, en cualquier caso, es un extremo que ni siquiera se ha investigado por el juez de instrucción.
"No hay afirmaciones que soporten la imputación delictiva de malversación", recoge la resolucion judicial. Recuerda la Audiencia que la instrucción permite establecer hipótesis a partir de las diligencias practicadas. No obstante, en este caso la conclusión no se revela compatible con la información que las diligencias ofrecen.
También la Sala da la razón a los recurrentes respecto a las supuestas contrataciones de despachos de abogados sin seguir el procedimiento establecido por la Ley. Atribuye a una conjetura del juez que los responsables eludieran la ley a sabiendas o con la intención de beneficiar a un tercero. De nuevo, se desprende una recriminación al juez de su escasa labor de investigación. Así, se puede leer: "El juez parece haber obviado el ejercicio de las facultades de control". En resumen, expuso un relato fáctico y cuando le fue cuestionado no explicó qué información le permitía sostenerlo.
El presidente de la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) cobró 90.900 euros brutos de la empresa Valencia Plataforma Intermodal (ZAL) de 2004 a 2008 al mismo tiempo que percibía su sueldo de presidente del organismo portuario, una situación prohibida por la ley. Aznar devolvió otros 77.000 euros del periodo 2009 a 2011 unos días antes de que la Fiscalía Anticorrupción llevara estos hechos al juzgado, pero no lo de los ejercicios anteriores. Previamente se había comprometido con la Intervención a reintegrar estas cantidades en un periodo de diez años.
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Los sobresueldos se suprimieron cuando la Intervención, cuyos informes a Anticorrupción dieron origen a la causa, alertó de la irregularidad.
La fiscalía también acusa a Aznar de otro delito de prevaricación por la contratación de dos despachos de abogados y la empresa que se encargaba de la seguridad de VPI. Todas estas operaciones se realizaron al margen de la Ley de Contratos del Sector Público, según una resolución judicial.
Horizonte judicial
Este es el primer escollo judicial que ha afrontado Aznar. Sin embargo, su futuro judicial no se presenta despejado. Todavía resta buena parte de la instrucción de la otra pieza en la que se dividió el caso y que afecta únicamente a Aznar. Estas pesquisas analizan buena parte de la gestión del expresidente en la Autoridad Portuaria. En esta segunda pieza se incluyen las adjudicaciones bajo sospecha y gastos superfluos, como la compra del megayate o determinadas inversiones para las carreras de Fórmula 1. Uno de los primeros informes que llegaron al juzgado, por parte de un perito de Puertos del Estado, detectaba un agujero de cerca de un millón y medio de euros que no habían sido convenientemente justificados.
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