ÁLVARO MOHORTE
Martes, 1 de noviembre 2016, 23:51
La exigencia de responsabilidades contra los consejeros del Banco de Valencia y del auditor de la entidad, Miguel Monferrer, por un presunto delito de falseo de las cuentas de 2009 y 2010 ha sido ratificada por la Intervención General del Estado, movilizada a petición de la Fiscalía Anticorrupción.
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Si los inspectores del Banco de España fueron advirtiendo desde 2008 que se estaba produciendo anomalías e incumplimientos con el conocimiento de los miembros del consejo de administración, un análisis de la documentación y las actuaciones de la supervisión por parte de la Intervención ratifica que se produjo «una distorsión de la imagen de la entidad presentadas en las cuentas».
Según los cálculos de este organismo, siguiendo los cánculos de los inspectores del Banco de España, en las cuentas de 2009 faltó una provisión de 169 millones de euros para hacer frente al riesgo de los créditos fallidos que se estaban produciendo en el sector de la promoción y construcción, así como el resto del tegido productivo.
Ese ejercicio, la entidad presentó unos beneficios de 132 millones y unos ratios de morosidad y solvencia «mucho más favorables» de lo que eran en realidad. De hecho, aplicando la provisión que la Intervención considera nacesaria, la entidad tendría que hacer cerrado aquel año con una pérdidas de 86,23 millones por lo que se corrobora que las cuentas que se presentaron desde la entidad en 2009 «no reflejarían la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera del Banco de Valencia al 31 de diciembre de 2009».
Sin embargo, es en 2010 donde la Intervención General del Estado señala directamente hacia los consejeros. Ya que estas cuentas se presentaron después de las revisión hecha por el Banco de España de las cuentas del año anterior, «hemos de suponer que su no inclusión en estas (cuentas) no puede ser fruto de deficiencias o errores contables», señala el interventor.
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Es más, esto lleva a concluir al autor del informe que «respecto a la conducta de los responsables y e auditor de la entidad que, bien no comparten los criterios de clasificación de riesgos y dotaciones» fijados por el Banco de España «o bien, a pesar de ellos, han decidido no contabilizar las coberturas, lo que produce una distorsión» de los balances de la entidad. Así, el interventor sólo da dos opciones, la incompetencia o la mala fe.
Esta actitud llegó hasta 2011, cuando el consejo aprovó una cuentas en el primer trimestre que alcanzaban unos beneficios de 16,7 millones de euro, frente a las pérdidas de 922 millones con las que cerró el ejercicio ya en manos del Forb y después de un mes y diez días desde su intervención.
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El informe sobre de la Intervención sobre Banco de Valencia se presentó en 2013, pero ya en 2011 la Intervención General en BFA (matriz de Bankia y accionista de control del banco) reconoció de forma expresa que no se observaba «factores o circunstancias acaecidas durante el ejercicio 2011 que hagan pensar que el deterioro patrimonial del Banco de Valencia y que ha dado lugar a la intervención se hayan producido entre diciembre de 2010 y diciembre de 2011». Es más, para el intendente, «existen indicios suficientes para entender que el repentino deterioro sufrido por lso activos del Banco de Vañencia durante el segundo semestre de 2011 se encontraban latentes en dichos activos en el cierre del ejercicio 2010».
En el mismo sentido, el informe de diagnóstico financiero que sobre el banco hizo PwC en abril de 2011, en sólo cuatro semanas y en relación a la situación a 31 de diciembre de 2011, ya fijaba una pérdida no provisionada de 872 millones.
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Algunos de los querellantes refuerzan su acusación al advertir que el auditor del Banco de Valencia, Miguel Monferrer de Deloitte, tiene abierto un expediente por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) junto a su despacho para depurar responsabilidades por las irregularidades apreciadas en el trabajo de auditoría emitido por el propio ICAC. Sin embargo, este procedimiento para esclarecer el porqué firmó las cuentas del banco sin salvedades está en suspenso, debido a que se acordó en virtud de la aceptación de las querellas que le inculpan y que están todavía 'sub júdice'.
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