Secciones
Servicios
Destacamos
El Ministerio de Agricultura alega que para que cualquier agricultor y/o ganadero ejerza una actividad comercial es obligatorio estar inscrito en el Registro de Explotaciones Agrícolas (REA) o en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA). Estar inscritos en este sistema es uno de ... los requisitos que establece el Gobierno para la concesión de las ayudas a los afectados por la dana en el sector agrario, un requisito que desde la Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) critican porque, según ellos, deja fuera a centenares de damnificados que no se encuentran inscritos. Según el departamento de Luis Planas, estar inscrito «siempre ha sido requisito para solicitar cualquier subvención».
Noticia relacionada
«No es un mero trámite burocrático, sino una obligación legal derivada del cumplimiento de los reglamentos de la Unión Europea que regulan los requisitos de higiene alimentaria, sanidad animal y vegetal y salud pública», explica el ministerio a este periódico al preguntarle por esta situación que denuncian desde el sector agrario valenciano. «Además, para estar en los sistemas de información o bases de datos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación hay que estar previamente inscrito en estos registros», agregan las mismas fuentes en respuesta al argumento de AVA de que en ayudas anteriores bastaba con estar presente en la base de datos del ministerio.
«Debe ser así para ejercer tu actividad legalmente y con plenas garantías para el consumidor, igual que cualquier otra empresa de otra actividad económica que debe estar en su registro correspondiente para ejercer su actividad de forma legal e, insisto, con todas las garantías para el consumidor», insisten desde el departamento que dirige Luis Planas. Por su parte, desde AVA señalan que «nunca» se les había exigido este requisito, por lo que piden que, «al menos», los agricultores puedan inscribirse ahora para poder solicitar las ayudas. «Sólo pueden solicitarlas aquellos que estaban inscritos antes del 28 de octubre. Debido a la excepcionalidad de la situación pedimos que permitan la inscripción ahora», señalan desde AVA.
La única excepción, por ejemplo, en el Registro de Explotaciones Agrícolas (REA) es para las explotaciones que destinen íntegramente sus producciones al consumo doméstico privado. «Lógicamente, estas explotaciones no pueden tener ingresos agrarios (lo destinan digamos a autoconsumo) por lo que no podría tener derecho a la ayuda», argumentan desde el ministerio, que insisten en que todos los perceptores de cualquier tipo de ayuda, ya sea de la UE o estatal, tienen que estar dados de alta en el REA o en el REGA, porque es «preceptivo» que sean agricultores titulares de explotación.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.