Redacción
Valencia
Miércoles, 26 de julio 2023, 00:48
En verano muchos trabajadores se van de vacaciones y desconectan durante unos días, semanas o, los más afortunados, incluso un mes... o más. Sin embargo, un amplio sector de la población como son los autónomos continúa trabajando de una u otra manera.
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Hay que tener en cuenta que, en muchas ocasiones, estos profesionales aprovechan sus desplazamientos para mantener reuniones con clientes o ejecutar determinadas tareas, como lo confirma Marta Zaragozá, CEO de Declarando, asesoría fiscal online para autónomos que cuenta con 120.000 usuarios. Y mientras trabaja, un autónomo puede desgravarse determinados gastos, incluso cuando está en periodo vacacional.
Según la Ley del Impuesto del Valor Añadido, el IVA soportado en los gastos de viaje puede ser deducible siempre que se cumplan tres requisitos:
1. Los autónomos deben conservar las facturas originales completas.
Es importante guardar las facturas originales de todos los gastos relacionados con el viaje, ya que son el único justificante válido de cara a Hacienda. Asimismo, Declarando recuerda que no bastará con presentar tickets para esta justificación.
2. Los gastos deben tener una vinculación directa con la actividad económica
Para poder deducirse cualquier gasto, es imprescindible que éste guarde relación directa con la actividad profesional. Esto quiere decir que los gastos deben tener un propósito comercial o estar asociados a reuniones, conferencias o cualquier actividad que guarde relación con el trabajo.
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3. Es necesario disponer de justificación documental y registro contable
Todos los gastos que los autónomos vayan a deducirse deben estar debidamente justificados documentalmente y registrados en la contabilidad profesional del trabajador. Además de esto, es recomendable guardar emails u otras pruebas que demuestren que el viaje se realizó por motivos laborales.
Entre los gastos más habituales que los autónomos podrán deducirse durante sus vacaciones figuran las dietas: «Para deducir los gastos de un bar o restaurante, es necesario justificar que el gasto está relacionado, por ejemplo, con una reunión mantenida con un cliente en un bar», recuerda Marta Zaragóza, y recuerda que para poder aplicar la deducción, Hacienda exige el pago electrónico de estos gastos, por lo que será necesario utilizar tarjeta de crédito o débito.
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Otros gastos deducibles habituales, siempre que estén debidamente justificado, son los relacionados con los gastos de representación, los gastos de vestuario específicamente adquiridos para el viaje o los gastos de alojamiento, en caso de pernoctar en el lugar de destino debido a motivos laborales.
Por último, Marta Zaragozá recuerda que, a diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos no pueden deducirse los gastos de kilometraje: «Sólo los autónomos societarios, que tienen una relación laboral con su propia sociedad, podrán solicitar desde la reciente reforma del Gobierno una deducción de 0,26€/km por los gastos de kilometraje, que hasta ahora había sido de 0,19€/km, lo que supone un importante beneficio fiscal para los autónomos», concluye.
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