La Seguridad Social ofrece una ayuda de 1.000 euros a familias que cumplan una serie de requisitos, entre ellos que sus hijos hayan nacido a partir del 16 de noviembre de 2007. La prestación está gestionada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y busca proporcionar un apoyo ante la dificultad económica que supone la crianza de los pequeños.
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Se podrán beneficiar las familias numerosas o aquellas que adquieran esta condición tras el nacimiento o adopción, las familias monoparentales y los padres o madres que tengan una discapacidad igual o superior al 65%. Será necesario el nacimiento o adopción haya sido reconocido en España.
Además, deberán cumplir otra serie de requisitos:
-Los beneficiarios deben tener una residencia legal en España.
-No pueden superar los límites de ingresos anuales establecidos por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Si los progenitores conviven y sus ingresos combinados superan el límite, ninguno de ellos podrá recibir la ayuda.
-Los beneficiarios no deben tener derecho a otras prestaciones de la misma naturaleza dentro de otro régimen público de protección social.
La cuantía de esta prestación es de 1.000 euros por hijo, por lo que quien tenga 3 podría recibir 3.000. Se abona en un pago único de 1.000 euros cuando no se superen los límites de ingresos establecidos; si se superan, pero son inferiores al importe que resulte de sumar a dicho límite el importe de la prestación, la cuantía a abonar será igual a la diferencia entre los ingresos percibidos y el indicado importe conjunto.
Si una familia monoparental tiene un límite de ingresos de 16.112,65 euros pero percibe 16.500 euros, superan el límite en 387,35 euros. Se abonaría la diferencia: 1.000 euros menos 387,35 euros. Es decir, 612,65 euros.
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Este es el listado del límite de ingresos para familias numerosas, monoparentales y progenitores con discapacidad:
1 hijo: 14.011,00 euros al año.
2 hijos: 16.112,65 euros al año.
3 hijos: 18.214,30 euros al año.
4 hijos: 20.315,95 euros al año.
5 hijos: 22.417,60 euros al año.
6 hijos: 24.519,25 euros al año.
7 hijos: 26.620,90 euros al año.
8 hijos: 28.722,55 euros al año.
9 hijos: 30.824,20 euros al año.
10 hijos: 32.925,85 euros al año.
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En el caso de familias numerosas (a partir de tres hijos) con título oficial de familia numerosa los limites de ingresos serán los siguientes:
3 hijos: 21.086,00 euros al año.
4 hijos: 24.502,00 euros al año.
5 hijos: 27.918,00 euros al año.
6 hijos: 31.334,00 euros al año.
7 hijos: 34.750,00 euros al año.
8 hijos: 38.166,00 euros al año.
9 hijos: 41.582,00 euros al año.
10 hijos: 44.998,00 euros al año.
La solicitud y documentación exigida podrá presentarse, en el caso de disponer de certificado digital o cl@ve permanente a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Si no dispone de ningún sistema de identificación electrónica podrá realizar el trámite a través de la plataforma Solicitud y Trámites de Prestaciones de la Seguridad Social o por correo ordinario o en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
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