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Un hombre realiza una transacción con su móvil y tarjeta. FOTOLIA
Transferencias bancarias: límite de dinero | La multa por no declarar a Hacienda transferencias bancarias entre familiares

La multa por no declarar a Hacienda transferencias bancarias entre familiares

La Agencia Tributaria vigila este tipo de movimientos

J.Z

Lunes, 14 de noviembre 2022, 13:09

Los pagos en efectivo son una acción cada vez menos común conforme pasa el tiempo. Gran parte de la población, quizá a excepción de las personas mayores, opta por realizar transferencias bancarias o Bizum para enviar dinero de una forma rápida y sencilla. No obstante, hay que hacerlo con control ya que Hacienda vigila este tipo de acciones.

La Agencia Tributaria controla que no se cometan irregularidades en estos intercambios de dinero, para tratar de evitar fraude fiscal, blanqueamiento de capitales o evasión de impuestos. En el caso de transferencias entre familiares, si supera la cantidad de 6.000 euros el banco notifica a Hacienda de dicha transacción.

Además, en el caso de que esa cantidad esté por encima de los 10.000 euros, la Agencia Tributaria comenzará una inspección y habrá que justificarlo. Todo lo que esté por encima de ese valor habrá que presentarlo en la Declaración de la Renta, y de no hacerlo se expone a multas que pueden ser del 25% de lo que se transfiera.

De igual modo, si el dinero enviado es inferior a 6.000 euros, pero el banco sospecha que puede ser motivo de fraude fiscal, también avisará de ello a Hacienda.

También hay que tener en cuenta que las transferencias entre familiares tienen que pagar un impuesto al encontrarse dentro del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Este porcentaje dependerá de la Comunidad Autónoma donde se realice el pago. Pese a ello, existe una forma para evitar tener que pagar este impuesto.

Si se hace la transferencia en concepto de préstamo, el dinero estaría sujeto al impuesto de Transmisiones Patrimoniales (IPT), por lo que el beneficiario se verá obligado a presentar las autoliquidaciones correspondientes, a través del modelo 600 y en un plazo de 30 días. Sin embargo, es sólo un trámite administrativo, por lo que no se debe pagar nada. Pero al recurrir a un préstamo, Hacienda vigilará si realmente se devuelve a la cuenta de origen, ya que si no se hace podría acabar en sanción al considerarse un «préstamo encubierto».

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