Clara Alfonso
Valencia
Lunes, 22 de enero 2024, 01:02
El dinero en efectivo ha sido, durante mucho tiempo, un pilar fundamental en las transacciones financieras cotidianas. A medida que avanzamos hacia una era cada vez más digital, donde las alternativas electrónicas de pago ganan terreno, surge el interrogante de la longevidad de este método de pago. En este contexto, su valor tangible, la fácil autenticación para prevenir falsificaciones y la capacidad de liquidar pagos de manera directa, aseguran que siga siendo importante en el futuro.
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Tener la opción de realizar transacciones sin la necesidad de llevar con nosotros billetes y monedas ha llevado a una creciente adopción de métodos de pago electrónicos. Tarjetas contactless, billeteras digitales y aplicaciones de pago como Bizum se han convertido en herramientas comunes en nuestro día a día, ofreciendo rapidez y facilidad en comparación con la gestión física del efectivo. Sin embargo, el pago en metálico sigue siendo crucial en situaciones donde la conectividad digital es limitada o inexistente.
Tal y como explica el Banco Central Europeo desde su página web, la Comisión Europea ha abordado este asunto a través de una Recomendación (2010/191/UE) basada en el informe del Grupo de Expertos sobre el Curso Legal del Euro. Según esta recomendación, los comercios no pueden rechazar un pago en efectivo a menos que las partes hayan acordado otro medio de pago previamente.
Por mucho que otros medios de pago puedan resultar menos tediosos para los comercios, no es suficiente que un comercio muestre etiquetas o carteles indicando que no acepta pagos en efectivo para evitarlo. De hecho, debe ofrecer una justificación legítima, como la dificultad de mantener una reserva suficiente de efectivo para dar cambio o riesgos concretos para la seguridad relacionados con la presencia física de grandes sumas de efectivo. Esas son situaciones que pueden darse, por ejemplo, en una Administración de Lotería.
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Asimismo, el BCE recuerda que las entidades públicas que prestan servicios esenciales a los ciudadanos tampoco tienen el derecho de rechazar o restringir el pago en efectivo sin un motivo suficiente. «De lo contrario, socavarían la condición de moneda de curso legal de los billetes y las monedas en euros protegida por el Derecho de la UE».
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